Obras

  • Requerimiento de repercusión de obras necesarias, ex.art.108TRLAU

    Mediante este requerimiento el arrendador (casero) repercute en el arrendatario (inquilino), hasta el límite legal, el coste de las obras de conservación que ha realizado en el inmueble arrendado por iniciativa propia, valiéndose para ello del método de cálculo previsto en el art.108 TRLAU64. Útil para el arrendador (casero) en contratos anteriores al 1 de enero de 1985, siempre y cuando no se haya pactado lo contrario y la obra haya sido realizada por iniciativa del arrendador. Si la obra ha sido pedido por el arrendatario u ordenada por la autoridad, véase Requerimiento de repercusión de obras necesarias, ex. D.T.2a LAU

  • Requerimiento de repercusión de obras necesarias, ex. D.T.2a LAU

    Mediante este requerimiento el arrendador (casero) repercute en el arrendatario (inquilino), hasta el límite legal, el coste de las obras de conservación que ha realizado en el inmueble arrendado a solicitud de arrendatario o por orden de la autoridad, valiéndose para ello del método de cálculo previsto en la Disposición Transitoria Segunda LAU. Útil para el arrendador (casero) en contratos anteriores al 1 de enero de 1985, siempre y cuando no se haya pactado lo contrario y la obra haya sido realizada a solicitud del arrendatario o por orden de la autoridad. Si la obra ha sido realizada a iniciativa del arrendador, véase: Requerimiento de repercusión de obras necesarias, ex.art.108TRLAU.

  • Notificación al arrendatario de la realización de obras de mejora

    Modelo para notificar al arrendatario (casero) al amparo de los arts.22/30 LAU la realización de obras de mejora que no pueden retrasarse hasta la conclusión del arrendamiento. Útil para el arrendador, para cumplir su obligación de notificar al arrendatario la realización de obras de mejora ineludibles en la vivienda o local, para evitar reclamaciones del arrendatario (inquilino), sobre todo si las obras afectan a la vivienda o impiden el uso de parte de ella. Ha de realizarse con un plazo de antelación de tres meses al inicio de las obras. Es conveniente realizarla por medio de una Comunicación fehaciente. Válido también para contratos posteriores al 6 de junio de 2013.

  • Notificación al arrendador de la necesidad de realizar reparaciones

    Modelo para reclamar al arrendador (casero) que lleve a efecto reparaciones u obras de conservación necesarias en la vivienda o local alquilado. Útil como primer paso del procedimiento legal correcto en caso de que la vivienda o local arrendado necesite reparaciones y el arrendador (casero) no las realice. Es conveniente realizar la notificación por medio de una Comunicación fehaciente. Válido también para contratos posteriores al 6 de junio de 2013.

  • Instalacion de puerta en el bajo

    He comprado una VPO usada hace 18 meses, se trata de un primer piso. El bajo situado debajo de mi vivienda no estaba utilizado simplemente estaba tabicado y tenia una puerta pequeña de acceso de peatones. Ayer unos obreros estaban abriendo un boquete enorme en el tabique de la fachada para instalar un portón que sirve como puerta pero que también se alza permitiendo el paso de vehículos,  tampoco tiene vado. Este porton ha quedado instalado y la elevacion del mismo provoca ruidos cada vez que lo suben y lo bajan. Me gustaria saber si esto es legal, entiendo que el propietario pueda dar uso a su bajera, pero puede hacer esto? que tipo de permisos debiera de tener? Tiene derecho a producir estos ruidos a cualquier hora?. Agradeciéndoles de antemano este servicio gratuito, espero su contestacion

  • Obras autorizadas por Comunidad pero no por Ayuntamiento

    La Comunidad de Propietarios me dio permiso para realizar unas obras en mi casa, que es un ático, pero luego el Ayuntamiento no me ha dado la Licencia. ¿Puede obligarme ahora la Comunidad a derribar la obra?

  • Filtraciones desde terraza común de uso privativo

    A la altura de mi piso, en el edificio en el que vivo, hay una terraza que es de la Comunidad pero que uso privativamente. Ahora han aparecido unas filtraciones desde la terraza al piso de abajo. ¿Quién tiene que pagar la reparación?

  • Reparación del tejado

    Este año soy Presidente de la Comunidad de Vecinos de mi vivienda, en un edificio de 4 plantas, con 8 pisos y 4 bajos privados. Tenemos que hacer una reparación en el tejado por filtraciones en los dos pisos superiores, he ido al Registro de la Propiedad y me ha dado las copias donde pone en qué parte corresponde cada vivienda y bajos en la ocupación del edificio. Dos de los bajos son propiedad de personas que no son propietarias de ninguna vivienda en este edificio. ¿Qué tramites debo seguir para notificarles el gasto que conlleva la reparación a cada propietario? Me refiero a qué formulario realizar para la comunicación de las obras, convocar una junta para la notificación de presupuestos... Me gustaria que me dijeran los pasos a seguir para luego no tener ningún problema con nadie a la hora de pagar la factura.

  • Construcción trasteros

    Tengo entendido que es habitual la construcción de trasteros "ilegales" considerados así por haberse agotado la edificabilidad. En nuestra comunidad se ha propuesto la construccion de 50 para 46 vecinos enviandonos el administrador un presupuesto individual para hacer la provisión de fondos. Al no estar las cosas claras y haberse hecho fuera de la Junta, decidí escribir al Presidente de la Comunidad para que me respondiera a unas preguntas sobre el presupuesto recibido así como mi consideración de la necesidad de plasmar los acuerdos adoptados en acta o documento privado y la elaboración de normas de régimen interno para los nuevos elementos de la comunidad. Su contestación fue que él asistió a la reunión como un vecino más y este asunto lo llevaban otros vecinos pero que como tengo algo que aportar... que convoque yo una reunión de vecinos lo antes posible para no perjudicar el presupuesto ya que puede subir. He procedido a enviar toda la comunicación entre las partes al administrador para que me de él respuesta y aclare mis dudas. Considero que de no hacerse así los problemas comenzaran inmediatamente. No sé que hacer me encuentro como la manzana de la discordia pero sigo creyendo que es descabellado iniciar una obra de 50 trasteros porque siete vecinos de 46 les urge ya y por otro lado solucionar asuntos fundamentales posteriormente a la construcción de los mismos. Quizas sea un poco inocente...no sé. Los trasteros serán del mismo tamaño a pesar de que la cuota de participación varía del 0,5 al 1,70. Se hicieron dos reuniones "oficiosas" al respecto. En una puede ser que asistieran la mitad de los vecinos. En la segunda, 6 u 8. Posteriormente fueron casa por casa para obtener firmas pero no se nos ha comunicado la situación sino simplemente se me ha requerido una provisión de fondos o que les comunique que no quiero trastero. ¿Pueden obligarme a renunciar a el?

  • Obras de Conservación Vivienda Alquilada

    Hace 5 meses he sufrido una serie de filtraciones por agua de lluvia que afectaron a tres habitaciones de mi vivienda (alquilada con contrato indefinido celebrado el 21/01/1988), originadas a traves de la fachada (medianera) del inmueble. El hecho fue puesto en conocimiento del administrador (por escrito) y, a su vez, notificado a mi Cia. de Seguros (mi póliza cubre la reclamación de daños).

    El administrador no se ha preocupado en ningún momento por el tema ni ha dado señales de vida, a pesar de haberle enviado un 2º escrito y telefoneado en dos ocasiones recordánle la necesidad de corregir las citadas filtraciones, las cuales aparecen cada vez que llueve con cierta intensidad. Por cierto, esta reclamación puede prescribir pasado algún tiempo.

    En cuanto a la Cia. de Seguros me envió un perito a los 10 días de ocurrir el incidente para valorar las irregularidades. El caso en que en estos 5 últimos meses he hablado telefonicamente con la Aseguradora en más de 12 ocasiones y siempre me contestan que no me pueden asignar abogado mientras no reciban el informe del perito.

    Logicamente estoy desesperado y no se que hacer al respecto ¿pueden orientarme sobre los pasos que debo dar?

  • Problema con dueño del piso por quien paga reparación

    Hola, soy inquilina de un piso, y desde hace 2 meses, estoy sufriendo unas humedades en una pared, a consecuencia de unas obras que hizo el vecino de arriba en su cuarto de baño (no se si es agua que se filtra del vecino de arriba o es que a consecuencia de dichas obras me estropearon alguna de mis cañerías).

    Puse en conocimiento del administrador, y del arrendador mi problema, primero telefónicamente, y seguidamente vía Fax. Todo el mundo, intenta sacarse el problema de encima. Después de mucha insistencia por mi parte, conseguí que el administrador mediara (porque el arrendador pasa del tema), para que el vecino de arriba accediera a llamar al albañil que le hizo las obras.

    Vino hace 2 semanas, y digamos que no hizo a penas nada. Yo sigo teniendo mi problema, y además el dueño "sutilmente" me dijo el otro día que si por causa de las obras del vecino, se había estropeado alguna de mis cañerías, que yo debería correr con los gastos.

    Yo me puse de los nervios, pero no quise entrarle en esa guerra al dueño del piso. Se que según la ley de arrendamiento, es el propietario quien debe pagar esa reparación, pero descubrí que en mi contrato, en la claúsula 5ª hace mención que los gastos de mantenimiento del inmueble corren por mi cuenta (veáse, temas relacionados con un cristal que se rompa, una persiana que no funcione... grifos que se estropean... y añade "atascos en cañerías y desperfectos en tuberías e instalaciones de agua y luz").

    ¿Quiere eso decir que a pesar de lo que diga la ley, voy a tener que correr yo con los gastos de esta reparación?. El contrato lo firmé en Enero de 2002.

    Agradecería una orientación, porque la verdad estoy bastante preocupada por el tema y bastante harta de soportar que todo el mundo me toree.

    Gracias anticipadas.

  • El Arrendador no quiere pagar una pieza de la caldera

    Vivo en un piso en alquiler desde 1 año y medio. La calefacción y el agua caliente funciona si funciona la caldera. En la primera semana de alquiler se estropeó la caldera y el arrendador pagó la reparación. Ahora después de un año y medio se ha vuelto a estropear. El técnico que ha visionado la caldera me ha dicho que tiene entre 10-14 año y por eso la pieza que es la original es normal que se estropee. El técnico ha aconsejado que se sustituya.

    El arrendador no quiere pagar la pieza por que me dice que en el contrato que hemos firmado hay una cláusula (que reporto): "6ª.- ESTADO DE CONSERVACIÓN Y HABITABILIDAD. El arrendatario manifiesta recibir la vivienda que arrienda en perfecto estado de conservación y en condiciones de habitabilidad y uso para servir al convenido, por lo que serán de su exclusiva cuenta las obras de conservación para el mantenimiento del estado actual del inmueble y enseres que en la vivienda se encuentran así como de la reparación de electrodomésticos y otros equipos”.

    Yo estoy de acuerdo a pagar todos lo que se estropee por el mal uso o bien manutención pero no por algo que es viejo. Al no poder utilizar la caldera no podemos utilizar la calefacción ni el agua caliente para ducharnos. ¿Qué puedo hacer? ¿Tengo que enviarle una carta y no sólo hablarle por teléfono? ¿Pago yo la reparación y reclamo el importe de las facturas?

  • Aumento por obras

    La consulta es: ¿Tiene obligación la propiedad de informar de las obras efectuadas que sean repercuitibles a los inquilinos? ¿Los inquilinos pueden decidir si amortizan dicho coste en un solo pago o tienen que aceptar el cargo correspondiente en forma de incremento en el recibo mensual para siempre?

  • Forma pago repercusión Obras Conservación

    Tengo contrato de alquiler desde el año 1969, y en consecuencia estoy incluido en la legislalcion anterior. Mi consulta es si existe la posibilidad de pagar las obras efectuadas, repercutibles, de una sola vez. Gracias

  • Contrato de renta antigua. Obras y Gastos comunidad

    Tengo un contrato de alquiler del año 82, cuya renta ya está actualizada. La actual propietaria del edificio, en el cual aún quedamos 3 vecinos en alquiler de renta antigua (somos 7 en total) ya que los 4 pisos restantes han sido vendidos, nos ha notificado este mes, que debemos abonarle los gastos de reparación de una bajante, asi como la instalación de unos contadores de agua individuales, que se realizo hace unos meses por iniciativa de ella, ya que hasta esa fecha el agua se pagaba a prorrateo al existir un único contador. También nos comunica que a partir de este mes, la comunidad de propietarios, ha decidido crear unos gastos de comunidad de 30€, que no existian hasta la fecha, dado que nosotros sólo abonabamos los gastos de luz y limpieza de escalera, tal y como está reflejado en nuestros contratos. ¿Debo de aceptar el abono de estos gastos? ¿Estoy obligada a aceptar unos gastos de comunidad que antes no existian como tales? Esta señora se propone realizar otras mejoras en el edificio de indole estetica, porque asi se lo prometió a los compradores de las viviendas en su día. (Ella compró el edificio hace tres años, y vendió 4 de los siete pisos) ¿Tengo que abonar los gastos de esas mejoras estéticas, porque a ella le apetezca realizarlas? Le agradecería me respondieran a estas cuestiones, ya que después de leer la LAU en vigor, no he conseguido aclararlas. Gracias de antemano por su atención.

  • Compra de vivienda con inquilino de renta baja

    Me venden una vivivienda de 55m2 con una inquilina que paga 43€ al mes con contrato de alquiler indefinido por la casi la mitad del valor real de la vivienda y me pregunta es,  ¿Que problemas me podria encontrar? Y ¿las ventas de estos inmuebles son legales?

  • Incremento del alquiler por obras de mantenimiento de la finca

    Hemos recibido una notificación de incremento de unos 6,00 euros, mensuales en concepto de obras de mantenimiento de la finca (la finca consta de 31 vecinos y el contrato de mas de 40 años) Pregunta: Como calcula la propiedad dicho importe ? Coste total partido por arrendatarios ? ¿cargo de intereses por pago aplazado?

  • ¿Que arreglos son claramente del arrendador?

    ¿Debe afrontar el arrendatario el arreglo de un elemento del cuadro electrico de la instalacion de la casa? ¿y el de un termo electrico fijo, sin botones ni nada manipulable, tan solo un enchufe para que funcione? (este me esta goteando por la carcasa, parece una rotura interior. La casera dice que es cosa mia por el uso. Entiendo que ambos elementos estan relacionados con la habitabilidad de uso vivienda (luz y agua caliente), ademas ambos elementos no son susceptibles de uso por el cual se pueda imputar rotura al arrendatario. ¿Qué hago con la factura ya pagada del arreglo del cuadro electrico y el arreglo que me queda por hacer del termo? Ahora estoy sin agua caliente.

    PD: No tengo direccion de envio para comunicados a la arrendadora, tan solo un tlf que no me coge y la direccion de la inmobiliaria a traves de la cual se hizo el alquiler.

  • TRLAU64 y porcentaje en obras de conservación.

    En su artículo sobre repercusión en obras de conservación en contratos de renta antigua dicen que el procedimiento previsto en el art 108 TRLAU64 es bien sencillo. El arrendador tiene derecho a incrementar la renta anual en un "12 %" del coste de la obra.... Sin embargo el texto del art 108 TRLAU64 dice literalmente que...podrá exigir el arrendador del inquilino o arrendatario,....., el abono del 8 por 100 anual del capital invertido. ¿Podrían determinar claramente el marco y la referencia legal en el que se sustenta ese 12 %, en vez del 8% del que habla el art 108 TRLAU64? Gracias.

     

  • Obras en la vivienda de alquiler. Indemnización para el inquilino

    Vivo en un ático alquilado desde hace dos años. La vivienda no tiene más de 5 años y ahora se están llevando a cabo unas mejoras por la constructora, ya que desde mi terraza se producen humedades en el piso de abajo. El casero me avisó de un día para otro, diciéndome que se iban a presentar los obreros para efectuar dicha reparación. El problema que tengo es que el salón, por donde se accede a la terraza, lo han ensuciado mucho y ahora para limpiarlo. Voy a tener que emplear tiempo y esfuerzo si lo hago yo, o dinero si contrato a alguien para limpiarlo. Habría que limpiar suelo, muebles, alfombras y cortinas, ya que hay mucho polvo. Mi pregunta es, ¿quién se tiene que responsabilizar de la limpieza del salón? ¿La constructora, los obreros, mi casero..?