Evite la extinción del alquiler de vivienda al fallecimiento del arrendatario. Notifique eficazmente su subrogación.
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Actualizado conforme a la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas..
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Con instrucciones para completar los datos personales y las opciones. En formato Word.
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Sólo 15 € IVA incluido. Puede pagar con tarjeta de crédito o por medio de su cuenta de PayPal.
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Descarga inmediata.
Cuándo es útil.
Modelo para notificar al arrendador (casero) al amparo del art.16 LAU que el arrendatario (inquilino) ha fallecido, y que vamos a subrogarnos en los derechos y obligaciones del contrato. Útil para cónyuge, pareja de hecho, ascendientes, descendientes y hermanos del arrendatario (inquilino) fallecido, que hayan convivido con él los últimos dos años, y que deseen continuar con el alquiler a su nombre. De no realizarse esta notificación, el contrato se extingue a los tres meses del fallecimiento y además estas personas quedarán obligadas solidariamente a pagar la renta de esos tres meses. Es conveniente realizarla por medio de una Comunicación fehaciente. Válido también para contratos posteriores al 6 de junio de 2013.