Artículos

  • Plazos para reclamar defectos constructivos en la vivienda

    Diferencia entre plazos de garantía y plazo para reclamar

    En la práctica profesional cotidiana son frecuentes las consultas que recibo preguntándome si un determinado defecto constructivo aparecido en una vivienda de reciente edificación está cubierto o no por las garantías establecidas a favor del comprador en la Ley 38/99 de Ordenación de la Edificación (LOE).

    La respuesta determinará si el comprador puede reclamar sólo contra quien le vendió la vivienda, o si por el contrario puede dirigir su reclamación contra algún otro agente interviniente en el proceso de edificación de la misma, por ejemplo, el arquitecto proyectista, el director de obra, el director de ejecución, el constructor, o incluso los laboratorios de ensayos de la calidad o las empresas suministradoras de productos o sus respectivas compañías aseguradoras. Lógicamente cuanto mayor sea el número de personas a las que podamos exigir responsabilidad, más probabilidades habrá de obtener satisfacción, por lo tanto la cuestión es clave a la hora de decidir la estrategia de la reclamación.

    Pues bien, son muchas las personas que confunden, por desconocimiento, los plazos de garantía con los plazos para  reclamar -por vía judicial si es necesario-, cuando son distintos y complementarios. Vamos a tratar de explicar la diferencia, con ejemplos y consejos prácticos puesto que por desconocimiento se puede llegar a perder el derecho a reclamar contra otro que no sea el que nos vendió la vivienda.

  • Cláusula suelo abusiva en préstamos hipotecarios.

    Si está Vd. teniendo dificultades para pagar su préstamo hipotecario a interés variable no deje de comprobar si le están aplicando una cláusula suelo al revisar el tipo de interés, y si es así, sepa si dicha cláusula suelo es abusiva y puede reclamar frente a su entidad de crédito que se la elimine, que le apliquen la bajada del euribor directamente y que le reembolsen todo lo que le han cobrado de más.

    Con el Euribor por debajo del 1% esto puede suponer una disminución importante de la cuota mensual del préstamo hipotecario y el reembolso de miles de euros, algo que seguro aliviará sus dificultades económicas.

  • Cómo prevenir y reclamar daños por obras colindantes

    Las tramas urbanas de las ciudades y pueblos de España son cada vez más densas y ello implica que en infinidad de ocasiones se compartan muros medianeros con edificios muy antiguos o viejos que de repente se ven inmersos en un proceso de derribo y reconstrucción o rehablitación.

    En este breve artículo le damos varios consejos para que su Comunidad de Propietarios pueda prevenir posibles problemas a causa de la obra colindante por medio de sencillas actuaciones.

  • Derecho de Adquisición Preferente del Inquilino

    ¿Puede vender el propietario sin consultar con el inquilino? Es relativamente frecuente encontrarnos con que la vivienda que ocupamos en régimen de alquiler va a ser vendida o ha sido vendida a un tercero sin nuestro conocimiento.

    ¿Puede el propietario vender el piso sin consultar con el inquilino? Muchos inquilinos albergan la intención de adquirir en propiedad el piso que ocupan de alquiler, y una compraventa que no les fuera consultada arruinaría sus expectativas de compra. ¿No se puede hacer nada?

    El inquilino no tiene un derecho genérico a exigir al propietario que le venda la vivienda cuando quiera comprarla. No. Pero en caso de que el propietario, por su propia voluntad, desee venderla, el inquilino, por el simple hecho de serlo, tiene preferencia para comprarla respecto a otras personas que pudieran estar interesadas en ella. Dicha preferencia se articula por medio del denominado Derecho de Adquisición Preferente que ahora vamos a comentar.

  • Desahucio por retraso en el pago de la renta de alquiler

    Salvo que el contrato de arrendamiento de vivienda firmado entre las partes se haya dispuesto otra cosa, la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que la renta de alquiler deberá ser pagada por el arrendatario por adelantado en los siete primeros días de cada mes. Y es habitual que en el contrato, preparado por el arrendador, se reduzca el plazo a los cinco primeros días de cada mes.

    Pero esta obligación no siempre se cumple. Más bien al contrario. Es frecuente que a pesar de dicha estipulación, el arrendatario pague a mediados de mes, o incluso más tarde, en la creencia de que como al fin y al cabo está pagando la renta, da lo mismo que la pague antes o después.  ¿Es realmente así?

  • Medidas de agilización del desahucio. ¿Ha llegado por fin el desahucio express?

    Tomos de legislación

    Nuevas medidas para agilizar los procedimientos

    La Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, publicada en el BOE número 245 de fecha 11/10/2011 y que entra en vigor el día 31 de octubre de 2011, entre otras medidas vuelve a dar una nueva vuelta de tuerca en el difícil empeño de agilizar los procedimientos de desahucio por falta de pago. Se trata de brindar a los arrendadores una tutela judicial más efectiva que la actual.

    ¿Estamos por fín ante el auténtico desahucio express?

    Vamos a tratar de explicar de forma sencilla y comprensible en qué beneficia esta nueva reforma a los arrendadores, lo cual exige una breve explicación jurídica.

  • Certificación de Eficiencia Energética de vivienda obligatoria para vender o alquilar a partir del 1 de junio de 2013

    Certificacion eficiencia energetica

    ¿Va Vd. a vender o alquilar su vivienda y no sabe lo que es el Certificado de Eficiencia Energética?

    A partir del 1 de junio de 2013, si Vd. pretende vender o alquilar una vivienda, deberá mostrar a todos los interesados el certificado de eficiencia energética de la misma, y si finalmente dicha persona compra o alquila su vivienda, deberá entregarle dicho certificado.

    Hasta ahora sólo era obligatorio para las viviendas de nueva construcción. A partir del 1 de junio de 2013 es obligatorio para todas las viviendas, nuevas o existentes.

    Cuidado porque puede ser sancionado. Le explicamos en pocas palabras qué es el Certificado de Eficiencia Energética.

  • Duración de Alquileres posteriores al 6 de junio de 2013

    Vamos a tratar de la duración de los Contratos de Arrendamiento de Vivienda celebrados con posterioridad al 6 de junio de 2013. 

    Nos centraremos en la duración de los contratos de arrendamiento de vivienda celebrados con posterioridad al 6 de junio de 2013 -fecha a partir de la cual entró en vigor la reforma de la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos por la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.

  • Referencia Catastral de Inmuebles. Cómo localizarla. Utilización

    I. ¿Qué es la Referencia catastral?:

    La Referencia Catastral es el código de identificación de los bienes inmuebles. Cada bien inmueble tiene asignada una referencia catastral que permite situarlo inequívocamente en la cartografía oficial del Catastro. Está compuesta de veinte caracteres (números y letras) tanto para los inmuebles rústicos como para los urbanos, aunque presenta algunas diferencias.

    Es usada con frecuencia por Hacienda. Por ejemplo, al cumplimentar las autoliquidaciones por Transmisiones Patrimoniales o Sucesiones y Donaciones de bienes inmuebles, se le exige consignar la Referencia catastral de los mismos.

    La referencia catastral de los bienes inmuebles urbanos.

    La referencia catastral de los bienes inmuebles urbanos consta de veinte caracteres. De los veinte caracteres, los siete primeros identifican la finca o parcela, los siete siguientes indican la hoja de plano donde se ubica, los cuatro siguientes identifican el piso o local dentro de la finca y, finalmente, los dos últimos son caracteres de control que permiten conocer si los dieciocho anteriores son correctos, impidiendo (o detectando) errores de grabación.

  • La dacion en pago del préstamo hipotecario

    Visto el interés generado por el primer articulo escrito al respecto, venimos a continuar ahondando en la materia, agradeciendo en primer lugar vuestras dudas, y mensajes a todos aquellos que nos las habéis mandado. Eso, si, señalar que ambos artículos, van dirigidos no a los juristas, sino al ciudadano, preocupado por el tema, por lo que intentaré una vez mas, que el mismo sea ameno, y sobre todo, que es lo que mas nos importa a los articulistas de esta pagina, útil y didáctico.

    Lo hemos dividido en dos partes: A) Aclaraciones derivadas de las consultas recibidas; B) Actualidad.

  • ¿Qué pasa si dejo de pagar la hipoteca de mi casa?

    En tiempos de inseguridad económica son muchas las personas preocupadas por lo que pasa al dejar de pagar el recibo mensual del préstamo hipotecario con el que financiaron la compra de su vivienda.  Si ese es su caso, este artículo le ayudará a comprender qué es un préstamo hipotecario, en qué consiste el proceso de ejecución hipotecaria, cuánto dura, qué posibilidades existen de paralizarlo, cuándo tiene que abandonar su vivienda, qué pasa después con la deuda hipotecaria y en definitiva, lo que sucede al dejar de pagar el recibo mensual del préstamo hipotecario. Además le ofreceremos diversos consejos para afrontar la ejecución hipotecaria de la mejor manera posible.