5 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Rating 5.00 (1 Vote)

¿Qúé cantidad tengo que dejar de pagar para que el propietario pueda llevarme a juicio?

La ley no establece ni un mínimo ni un máximo. Basta con que deje de pagar una sola mensualidad, o parte de ella, para que el propietario pueda promover el Desahucio por falta de pago. No obstante, los jueces y tribunales suelen atemperar esta ausencia de mínimo legal exigiendo que el impago pueda ser considerado un signo de voluntad deliberada de incumpimiento y no un simple retraso(*). Además el inquilino puede llevar a cabo la Enervación del Desahucio.

En las reclamaciones judiciales superiores a 900 € es necesaria la intervención de Abogado y Procurador.

(*) Una sentencia posterior del Tribunal Supremo ha venido a modificar el planteamiento que hasta ese momento venían manteniendo los juzgados y tribunales de España. Lea nuestro artículo "Desahucio por retraso en el pago de la renta de alquiler"

Formularios
Formularios útiles disponibles para su descarga inmediata:

Servicio relacionado: Asesoría continua al arrendador. Tarifa plana mensual.

Disponga del apoyo permanente de un abogado especialista en arrendamientos urbanos. .


OSense GastalverAbogados

BannerGA

¿Problemas de alquiler?

Miguel Gastalver Trujillo. Abogado especialista en Vivienda.

 Déjeme ayudarle

Soy Miguel Gastalver, abogado especialista en arrendamientos urbanos. Si no sabe qué más hacer, o tiene que acudir a los tribunales, déjeme ayudarle personalmente.

Contactar

¿Cuánto cuesta...

Sitios web amigos

Casitas como fichas de monopoly

¡Síguenos en tu red favorita!