Intenté una vez desahuciar al inquilino de un piso de mi propiedad alegando que necesitaba el piso para un hijo mío, y perdí el pleito. ¿Es verdad que ya no puedo alegar nunca más dicha causa de extinción del contrato de alquiler? Mi contrato es de renta antigua.
Si las circunstancias objetivas o subjetivas del arrendador o de la persona para quien se pide la vivienda por causa de necesidad son distintas, cabe volver a iniciar el proceso correspondiente, con el previo requerimiento del art.65 TRLAU, pues no existe cosa juzgada en estos supuestos.
Le recomendamos la lectura de nuestro artículo: 'Necesidad del Arrendador de Renta Antigua'.
Formularios útiles disponibles para su descarga inmediata:
- Denegación de Prórroga Forzosa por necesidad de vivienda del arrendador de renta antigua.
- Oposición del inquilino a la denegación de prórroga forzosa por necesidad del arrendador.
- Denegación de Prórroga Forzosa por necesidad de vivienda del arrendador (para contratos celebrados entre el 1 de enero de 1995 y el 1 de junio de 2013).