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reforma en propiedad familiar 11 años 7 meses antes #10169

Buenas tardes,

querría comenzar las obras de rehabilitación de un immueble antiguo en mal estado de propiedad paternal. En estos momentos no se cotempla la donación de la propiedad de padre a hijo del immuble y mi duda es la siguiente.

El immueble actualmente tiene un valor determinado, después de la reforma el immuble tendrá un valor muy superior al original, pero la propiedad de este immuble seguirá siendo paternal. Si dentro de unos años este immueble me pasasse en propiedad, a través de la donación, el valor que se tendrá em cuenta será aquel anterior a las obras de rehabilitación y mejoras, o bien su valor será el del immueble actual ???
En la donación de padres a hijos en vida creo quie existe un porcentatge de impuestos en donaciones que creo que está cercano al 5-7%. O bien sería mejor hacer efectiva la donación antes de las obras ?

También si tuvierra que demostrar estas reformas hechas, tendría que guardar y presentar los documentos justificativos de las obras, arquitecto, proyecto y las facturas ?

Gracias

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Re:reforma en propiedad familiar 11 años 7 meses antes #10173

Ante todo ponerle de manifiesto que el impuesto sobre donaciones al tratarse de un tributo cedido en cada Comunidad Autónoma tiene un tratamiento diferente por lo tanto para hablar con conocimiento de causa habría que conocer de qué Comunidad se trata.
Es evidente que el cálculo del gravamen se efectuará conforme al valor que tenga el inmueble en el momento de hacer efectiva la donación, por lo tanto puede ser mas gravoso si se difiere la donación.
Por último desde leugo es conveniente conservar los justificantes de las inversiones realizads, e incluso sería conveniente documentar previamente con la propiedad las condiciones jurídicas en que s evan a llevar a cabo, sobre todo si hay mas posibles herederos.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

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Re:reforma en propiedad familiar 11 años 7 meses antes #10184

Hola
Deberían tenerse en cuenta determinadas circunstancias, como el hecho de si usted es hijo único o tiene hermanos. Principalmente porque llegado el día de la herencia de su padre, esa donación podrá computar en su parte.
Por supuesto que guarde usted todos los gastos hechos con su patrimonio, porque en su día también los podrá computar como deudas a su favor por mejoras en la herencia.<br /><br />Envio editado por: Gastalver, el: 2012/09/11 10:03

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