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cambiar titularidad de hipoteca y piso 14 años 7 meses antes #8324

Mi pareja y yo (no estamos casados) compramos un piso en el año 2006. Aunque no tenemos una unión "legal" pusimos todo a nombre de los dos, es decir, la hipoteca y la propia propiedad. Ahora hemos decidido poner fin a nuestra relación y, en un principio, hemos acordado que yo me quede con el piso y que le pague a ella una cantidad que hemos acordado. Lo que nos gustaría saber es lo siguiente:
- ¿cuál es el proceso que debemos seguir?
- Teniendo en cuenta que quedan por pagar unos 52000 euros (la hipoteca es de 70000 ¿cúanto supondría pasar la hipoteca a mi nombre? ¿Realmente este paso compensa, siempre que el banco lo conceda?
- En definitiva ¿cuál sería la mejor opción? Quedarse con la vivienda uno de los dos, venderla (si es posible dado que es de protección autonómica), sólo cambiar la titularidad en el notario, ...
- Por último, ¿el acuerdo al que hemos llegado es el que debe figurar en el notario aunque no se corresponda con el 50% de la vivienda?
Muchísimas gracias

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Re:cambiar titularidad de hipoteca y piso 14 años 7 meses antes #8335

Vaya por delante que el Banco no va a aceptar quitar a su pareja del préstamo hipotecario. Ni está obligado a ello. Para el Banco supone tener más garantías personales de pago, por lo que rechazará cualquier propuesta que no pase por sustituirla por otra persona.

En cuanto a la titularidad del piso, deberán otorgar una escritura de DIVISIÓN DE COSA COMÚN, o "extinción de proindiviso". El problema es que tiene un coste fiscal. En dicha escritura hagan constar los acuerdos que deseen, bastando que como resultado Vd. se adjudique la totalidad de la vivienda.

La conveniencia o no depende del riesgo de insolvencia de su ex pareja, y por lo tanto de que le embarguen su participación en el piso. Cuanto más alta, más le convendrá que la titularidad en el registro de la propiedad sea sólo suya.

Compruebe también los requisitos de venta en el órgano autonómico competente en materia de vivienda, ya que al tratarse de una actuación protegida (VPO) pueden existir derechos de tanteo o retracto a favor de la administración.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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