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Alquilar mi piso y saber cuanto se lleva hacienda 13 años 11 meses antes #8929

Hola. Mi duda es la siguiente: Tengo un piso en Zamora y lo quiero alquilar legalmente. Escrituré en abril del 2008. Por motivos de trabajo me he tenido que ir a otra ciudad y quiero alquilarlo. Es mi vivienda habitual y me he desgravado por ella estos dos años y ahora si lo alquilo queria saber si tengo que devolver el dinero desgravado, cuanto le tengo que pagar a hacienda si lo alquilo en 450 euros y en el caso de el inquilino sea menor de 35 años me han dicho que me desgravaria el 100% pero la verdad es que no entiendo muy bien como va esto. También quería saber si sigo aportando a la hipoteca los 9015 euros que se pueden desgravar, si hacienda me seguiria devolviendo los 1352 euros que se supone me tienen de que devolver. Ya se que es un poco lioso pero es que no se como enterarme de como hacerlo.

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Re:Alquilar mi piso y saber cuanto se lleva hacienda 13 años 9 meses antes #8980

Son varias las cuestiones que plantea y difícil dar una respuesta de conjunto.

En primer lugar, si puede acreditar que el cambio de domicilio se debe a motivos laborales, no tendrá que devolver nada por las deducciones por inversión en vivienda habitual practicadas estos dos últimos años. El cambio de domicilio por razones laborales es una de las excepciones a la regla de permanecer habitando durante al menos tres años la vivienda adquirida para tener derecho a la deducción.

Evidentemente, si lo alquila, no podrá seguir practicando dicha deducción por inversión en vivienda habitual.

Si alquila el piso, como vivienda habitual, a personas entre 18 y 35 años que acrediten unos ingresos anuales superiores al IPREM (unos 7.400 euros anuales aprox. en 2009), entonces, en la práctica, no tributará por el alquiler pues podrá practicarse una reducción del 100% en el rendimiento neto del capital inmobiliario.

En cuanto a la hipoteca, se trata de la misma deducción por inversión en vivienda habitual. Como le hemos dicho, si ya no ocupa la vivienda, no podrá deducirse nada por inversión en vivienda habitual, lo cual incluye dicho capítulo.

En definitiva, debe Vd. hacer números.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
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