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OBLIGACION DE PINTAR EL PISO 14 años 5 meses antes #8565

Hola:
Tengo unos inquilinos 4 años y creo q este va a ser el ultimo, en el contrato inicial acordamos que al terminar el contrato dejarian el piso talcual lo encontraron (osea nuevo).mi pregunta es la siguiente.
¿que obligacion tienen de pintarme el piso despues de estos 4 años?,¿ y respecto al estado de los muebles y todo lo demas ya que se lo alquile amueblado y con electrodomesticos?.
gracias, es la primera vez que alquilo y no se como actuar al finalizar el contrato.

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Re:OBLIGACION DE PINTAR EL PISO 14 años 5 meses antes #8567

Hola,

la fianza está para los desperfectos que hayan ocasionado en el piso, por lo que si te han roto algún mueble, electrodoméstico, vitrocerámica, etc, podrás descontárselo de la fianza. En cuanto a la pintura, si el estado es normal, es decir, tal y como un espera encontrarla por el uso del día a día, no se lo puedes descontar de la fianza según la jurisprudencia mayoritaria, otra cosa es que ellos lo pinten voluntariamente, se lo puedes decir, envíales un burofax. Pero sino lo hacen, lo de la pintura no se lo descuentes de la fianza.

Quedo a tu disposición

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Re:OBLIGACION DE PINTAR EL PISO 14 años 5 meses antes #8568

gracias

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Re:OBLIGACION DE PINTAR EL PISO 11 años 11 meses antes #10096

Hola, estoy en un caso de pintura.

Voy a alquilar un piso y en el borrador del contraro me han puesto la siguiente claúsula (la cual no voy a aceptar pero quiero saber si es legal):

Se hace constar por ambas partes que la vivienda se entrega a los ARRENDATARIOS con las paredes y
techos recién pintados, por lo que se acuerda que los ARRENDATARIOS deberán devolver la vivienda a la
finalización del contrato de arrendamiento en el mismo estado de conservación de la pintura en que la
recibe en este acto, asumiendo el arrendatario la reparación a su cargo de los desperfectos de pintura que hubiese, en su caso.


¿Podéis aconsejarme?

Gracias.

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Re:OBLIGACION DE PINTAR EL PISO 11 años 11 meses antes #10098

La cláusula es legal siempre y cuando responda a la verdad, es decir, que la vivienda efectivamente se entregue recién pintada, de lo contrario no debe aceptarla.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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