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Puerta acceso a la finca cerrada con llave 8 años 11 meses antes #11108

Buenas tardes


Vivo en Barcelona ciudad y en mi bloque el presidente de la comunidad impone a
todos los vecinos de cerrar con llave la unica puerta de acceso a la
finca, argumentando de que tienen miedo por la noche de que roben en
alguna vivienda, aprovechando el cambio de la cerradura realizo un
escrito mencionando que venia notando que algunos vecinos no cerraban la puerta
con llave apartir de las 9 de la noche. Hasta el momento no hay nada
firme ni aprobado en la comunidad que oblige hacerlo.

Por sentido
comun en caso de una emergencia ¿quien baja y abre a los servicios
medicos para asistir a una persona que le da un ataque cardiaco?,
cuando el tiempo cuenta a favor de salvar una vida. ¿ Y en el caso de
que alguien pida a las fuerzas del orden que acudan porque hay una
vecina que esta en peligro porque la estan agrediendo o la
policia tiene que esperar a que baje el agresor y abra con su llave a
la policia. Si hay un incendio o escape de gas ¿los bomberos cuando
llegan que llaman al presidente o destrozan la puerta'?, total ya la
pagaremos luego nosotros. Una persona que viva sola y que llama a
urgencias o que vaya un familiar de madrugada para asistirlo que
hace,¿ tambien llama al presidente para que baje a las 4 de la mañana ?
o tira la llave por la ventana y con un poco de suerte que la pueda
coger y abrir,

Se pueden dar muchos casos, supongo que primero son las
Emergencias y luego los miedos de algunos vecinos a que les roben. Se
me plantea la duda en el supuesto de que si por estas circunstancias
y dificutades para acceder a la finca fallece una persona por no haber
sido asistida a tiempo por el inconveniente mencionado, quien es
responsable de que una persona fallezca, todos los vecinos, el
presidente, nadie o es de los servicios de emergencia por no haber
acudido antes,
Yo lo unico que se me ocurre es que si se llega a
plantear en la comunidad y lo aprueban, es negarme rotundamente,
haciendo constar en acta de que yo estoy en contra y de esta manera
justificar de no estar implicado en las decisiones tomadas por la
comunidad, pienso que difilmente un juez podra involucrarte.

Me gustaria si hay alguien que pueda indicarme alguna normativa legal donde manifieste claramente que esta prohibido cerrar con llave la puerta de la finca o si existe alguna sentencia firme donde diga algo al respecto y pueda aplicarla yo en mi comunidad para informar a la panda de borregos que ni se plantean estas cuestiones y dicen si a todo sin pensar en las consecuencias que se pueden producir.

Gracias por dejarme exponer mi caso

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Puerta acceso a la finca cerrada con llave 8 años 11 meses antes #11115

Pienso que la obligación de cerrar la puerta a partir de las nueve de la noche es una Norma de Régimen Interno que debería formar parte del Reglamento de Régimen Interno y como tal debería ser aprobada por unanimidad de los propietarios. Si no ha sido así puede Vd. negarse.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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Puerta acceso a la finca cerrada con llave 8 años 11 meses antes #11120

Se puede saber de que Regimen interno estamos hablando, eso no existe en mi comunidad ni esta escrito en ningun sitio, para decir chorradas me basto solo, seamos serios, hay que argumentar y justificar donde esta escrito eso o lo que corresponda y luego ya opinaremos si estamos o no de acuerdo, me parece ami que para haber explicado muy claramente y expuesto mi problema no hacia falta contestarme semejante jilipollez, al final de mi escrito para el queno sabe o quiere fijarse bien , dije que queria saber alguna norma legal donde diga que esta prohibido o no el cierre de puerta de la finca.

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Puerta acceso a la finca cerrada con llave 8 años 9 meses antes #11173

No existe ninguna ley que concretamente obligue o prohíba cerrar la única puerta de acceso a la calle.

a) Como propietario, tiene Vd. derecho a gozar y disponer de su vivienda sin más limitaciones que las establecidas en las leyes.

b) Entre esas leyes, está la Ley de Propiedad Horizontal.

c) Ley de Propiedad Horizontal tampoco obliga ni prohíbe cerrar la única puerta de acceso a la calle; no obstante contempla la posibilidad de que los propios vecinos se doten a sí mismos de normas comunitarias (no son leyes pero sí son normas de obligado cumplimiento entre los vecinos):

Artículo sexto.
Para regular los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes, y dentro de los límites establecidos por la Ley y los estatutos, el conjunto de propietarios podrá fijar normas de régimen interior que obligarán también a todo titular mientras no sean modificadas en la forma prevista para tomar acuerdos sobre la administración.


Si alguno de los vecinos tiene interés en que se cierre la única puerta de acceso a la calle a partir de las nueve de la noche, debe plantearlo en la Junta de Propietarios como una norma de régimen interior y sólo será exigible si es aprobada. Si no es aprobada no es exigible. Nadie tiene derecho a imponer unilateralmente limitaciones de uso a un propietario.

Esa fue la respuesta que le dí en mi anterior mensaje.

PD. En adelante le ruego se abstenga de utilizar expresiones ofensivas en el foro, si quiere participar en él. Doy respuesta rigurosa a todas las consultas, de forma gratuita, y no siempre puedo hacerlo de manera extensa. Si quiere un Informe Jurídico tiene a su disposición mi servicio de consulta de pago .
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