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Molestias por obras en el piso de arriba 10 años 8 meses antes #10504

Vivimos en un ático en Barcelona,y desde hace 15 días comenzaron las obras en el piso de arriba (sobreático).
En primer lugar nos enteramos un día antes que comenzaran, por lo cual nos tomó un poco de sorpresa.
Acto seguido, las molestias de las maquinas percutoras y demás, de lunes a viernes desde las 9 hasta las 18hs.
Nuestros horarios de trabajo son de tarde noche, e incluso trabajamos algunas horas del dia en casa, por lo cual no estamos pudiendo desarrollar nuestras actividades ni descansar bien debido a estos ruidos.
La pregunta es si tenemos derecho a algún tipo de indemnización por las molestias que nos ocaciona perder la tranquilidad, no tener el mismo rendimiento de trabajo y todas sus consecuencias, incluso en la pareja.
Y no estoy exagerando, ya que intentamos comprender la situación y ser pacientes.
Les agradeceremos enormemente su pronta respuesta.

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Molestias por obras en el piso de arriba 10 años 1 mes antes #10625

La ejecución de las obras en el piso del vecino de arriba están, en primer lugar, amparadas por el art.7.1 de la LPH, que establece:

Artículo séptimo.
1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.


Este derecho tiene como consecuencia lógica la obligación de los vecinos de soportar las obras mientras duren.

No obstante lo cual, si van a modificar la configuración de la vivienda deben contar con la preceptiva Licencia de Obra Menor. Deberían consultar en su Ayuntamiento si la obra cuenta con licencia. Generalmente la licencia impone unos horarios de trabajo en la obra, para que cause las menores molestias posibles a la vecindad.

Si la licencia no fuera necesaria, sólo le queda pedir a su vecino, por medio de la Presidencia de la Comunidad, que realice la obra causando el menor ruido posible.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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