• Página:
  • 1

TEMA:

Control de las Cuentas del Administrador 14 años 9 meses antes #8193

Buenas tardes. En la última Junta Ordinaria de nuestra Comunidad un vecino que realiza la declaración de I.R.P.F de la conserje de la finca, hizo notar al Administrador que la remuneración que había percibido ésta el pasado año 2008 no se correspondía con la cantidad consignada en las cuentas de ese ejercicio y por ese concepto. El Administrador se fue por los cerros de Úbeda diciendo que había tenido un problema para cuadrar esa cuenta y demás excusas de mal pagador. Las cuentas fueron aprobadas por mayoría, pero yo que no asistí a la Junta me estoy planteando muy seriamente impugnar ese acuerdo por entender que es contrario a la Ley.

Me gustaría saber si este supuesto estaría dentro de la posibilidad de impugnar dicho acuerdo y cómo podría como propietario verificar si el resto de los gastos consignados por el administrador en las cuentas tienen un adecuado soporte documental, ya que lo que me temo es que el administrador pueda estar "distrayendo" algunas cantidades.

Gracias. Saludos.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

  • Página:
  • 1
Gracias a Foro Kunena
OSense GastalverAbogados

BannerGA

¿Problemas de vivienda?

Miguel Gastalver Trujillo. Abogado especialista en Vivienda.

Déjeme ayudarle

Soy Miguel Gastalver, abogado especialista en derecho inmobiliario. Aquí en el foro puedo darle una primera orientación legal, incluso aconsejarle todos los pasos que puede dar por sí mismo. Pero si no tiene más remedio que acudir a los tribunales, déjeme ayudarle personalmente. 

Contactar

¿Preocupado con el precio?

¿Cuánto cuesta...

Esta es sólo una muestra de mis servicios.

Conozca el precio cerrado de nuestros servicios.

¡Síguenos en tu red favorita!

Miguel Gastalver Trujillo Abogado

¡Agradezca nuestro esfuerzo con un simple clic!

Si le hemos resultado útiles puede correspondernos haciendo clic en los botones de Me Gusta o de Google+1, de ese modo otras personas conocerán ForoVivienda.com y podremos ayudarlas también gratuitamente. ¡¡Muchas gracias por animarnos a seguir!!