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Obras en pisos bajos sin ningún tipo de permiso 16 años 7 meses antes #7091

Hola.

Quisiera saber como he de actuar, "cuales son los pasos exactos que he de dar", ante un claro caso de abuso de derechos por parte de un vecino.

Hace digamos un mes entregaron las viviendas y se constituyo la comunidad de copropietarios, en la cual se leyó la LPH (Ley de propiedad horizontal), que decía expresamente que no se podían realizar obras, que alterasen los elementos comunes, ni colocar tendederos, etc.. Bueno pues este señor un buen día cerro toda la terraza de su bajo, (que por otra parte y si no me equivoco las terrazas son mancomunadas), sin ningún tipo de consulta, acuerdo, permiso, etc...

¿Que pasos he de seguir exactamente para que este señor no siga haciendo lo que le venga en gana?

¿Donde puedeo solicitar una copia de Ley de propiedad horizontal de nuestro edificio?

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Re:Obras en pisos bajos sin ningún tipo de permiso 16 años 7 meses antes #7092

La Ley de Propiedad Horizontal está publicada en el BOE y es cómun para toda España. Cosa distinta son los ESTATUTOS propios de su Comunidad. Pregunte quién es el actual Presidente o Administrador de su Comunidad de Propietarios y pídale una fotocopia de sus Estatutos.

En todo caso, con independencia de lo que digan los Estatutos, la fachada es un elemento comunitario y cualquier obra que modifique o altere la fachada ha de ser autorizada expresamente por todos los vecinos (por la Comunidad).

Si este Sr. es el primero que ha realizado un cambio, sería conveniente actuar rápido. De lo contrario otros vecinos pueden seguir su ejemplo y puede llegar a ser imposible evitar el daño estético resultante.

Lo que debe hacer es solicitar la convocatoria de una Junta Extraordinaria de Comunidad y pedir que se incluya en el orden del día el tema 'Requerimiento a vecino por obras inconsentidas' o similar. Para que sea obligatorio convocar la Junta por el Presidente es necesario que se lo soliciten vecinos que representen al menos el 5% de las cuotas de comunidad. Calcule Vd. mismo cuántos pisos son necesarios. Hable con sus vecinos y pidan por escrito al Presidente la convocatoria, con sus firmas.

En la Junta traten el tema. A ver qué opinan el resto de vecinos. Deben tener claro que las modificaciones en elementos comunes como la fachada requieren unanimidad. Si la Junta decide tolerar dichas modificaciones pero no hay unanimidad, deberá Vd. impugnar el acuerdo, por ser contrario a la Ley y a los Estatutos. Puede ver cómo se hace en nuestro artículo sobre Impugnación de acuerdos ' Cómo actuar en caso de disconformidad con un acuerdo de la Comunidad de Propietarios '

Envio editado por: Forovivienda.com, el: 2008/02/15 04:31<br /><br />Envio editado por: Forovivienda.com, el: 2008/02/15 04:34
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
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