• Página:
  • 1

TEMA:

Obra urgente el Administrador no soluciona 14 años 1 mes antes #8843

Hola,

según la definición de Administrador:
Atender a la conservación y mantenimiento del edificio, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al Presidente o, en su caso, a los propietarios.

Pues bien, hay una urgencia en nuestro bloque detectada en Octubre y puesta a conocimiento del Administrador. La bomba de agua contamina el agua para consumo. El agua no es apta ni para el baño.

Una analitica en Noviembre así lo dictamina.
Pasan los meses y el Administrador no ha solucionado el tema.
Estamos a finales de Febrero y otra analitica informa de que la situación ha empeorado y el administrador, a pesar de ser informado semanalmente, no hace nada con la urgencia que ello merece.

¿qué puedo hacer?
¿se le pueden reclamar daños y perjuicios? ¿cómo?

Saludos y gracias por adelantado.
Guillermo

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Re:Obra urgente el Administrador no soluciona 14 años 1 mes antes #8850

¿nadie sabe qué hacer?

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Re:Obra urgente el Administrador no soluciona 14 años 1 mes antes #8862

El apartado c) del artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal , según su redacción actual, atribuye al administrador la obligación de "atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al Presidente o, en su caso, a los propietarios", lo que obliga a distinguir, por una parte, entre obras necesarias que no tienen el carácter de urgentes, sean ordinarias o extraordinarias, acerca de las que el administrador no tiene poder de decisión por corresponder su aprobación a la Junta de propietarios (art. 10.1 y 14 c) LPH) y, consecuentemente, sin responsabilidad en caso de no ejecución si no existe acuerdo previo de la Junta, y, de otra, las reparaciones y medidas urgentes, con independencia de su carácter ordinario o extraordinario, para las que viene autorizado por la citada norma y con obligación de realizarlas dando cuenta al Presidente o propietarios, pudiendo ser responsable por incumplimiento de dicha obligación legal y estando el perjudicado por dicha omisión legitimado para exigirle responsabilidad extracontractual si actúo de forma culposa o negligente en el ejercicio de su cargo.

Habría que conocer con detalle el informe analítico del agua para valorar si la obra es urgente o no.

En cualquier caso, el mejor consejo es comunicar al administrador la urgencia de la reparación mediante burofax certificado y con acuse de recibo, para que sea fehaciente, y así mismo, mediante otro Burofax certificado y con acuse de recibo, solicitar al Presidente de la Comunidad de Propietarios la convocatoria de una Junta General Extraordinaria con la finalidad de valorar los informes y decidir si se cambia o repara la bomba de agua por estar en riesgo la salud.

Si ni uno ni otro atienden la solicitud, el uno reparando con carácter de urgencia o el otro convocando la Junta, ambos incurren en responsabilidad. Podría exigirles directamente por vía judicial una indemnización por los daños y perjuicios causados por su culpa. Ahora bien, esos daños y perjuicios deberán ser acreditados, de lo contrario serán desestimados.

¿Dispone de algún informe médico que acredite daños a su salud por beber esa agua?
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

  • Página:
  • 1
Gracias a Foro Kunena
OSense GastalverAbogados

BannerGA

¿Problemas de vivienda?

Miguel Gastalver Trujillo. Abogado especialista en Vivienda.

Déjeme ayudarle

Soy Miguel Gastalver, abogado especialista en derecho inmobiliario. Aquí en el foro puedo darle una primera orientación legal, incluso aconsejarle todos los pasos que puede dar por sí mismo. Pero si no tiene más remedio que acudir a los tribunales, déjeme ayudarle personalmente. 

Contactar

¿Preocupado con el precio?

¿Cuánto cuesta...

Esta es sólo una muestra de mis servicios.

Conozca el precio cerrado de nuestros servicios.

¡Síguenos en tu red favorita!

Miguel Gastalver Trujillo Abogado

¡Agradezca nuestro esfuerzo con un simple clic!

Si le hemos resultado útiles puede correspondernos haciendo clic en los botones de Me Gusta o de Google+1, de ese modo otras personas conocerán ForoVivienda.com y podremos ayudarlas también gratuitamente. ¡¡Muchas gracias por animarnos a seguir!!