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Jardinera 30% de la terraza no indicada en compra 10 años 6 meses antes #10430

Buenas

En la promoción en que he adquirido un piso, un bajo con terraza, se indicaba que tenía una zona de tierra de aproximadamente un 30% de la terraza que es zona común ajardinada de la comunidad. El comercial indicó que era al ras del suelo como el resto del solado de la terraza.

A un mes de la entrega de llaves, al ver el piso para ver los desperfectos, nos encontramos todos los propietarios con bajo interior con terraza, un macetero de 80 centímetros de alto en ese 30% de la terraza.
Tras preguntar a la constructora del porque del macetero, nos indican que los interiores al estar sobre hormigón, para poder poner la tierra se ha de hacer el macetero por normativa del ayuntamiento de Madrid (Artículo 6.10.20), y que no nos lo comunicaron ya que no les pareció importante.

Nos parece que perder un 30% del suelo accesible a pie es un elemento bastante importante, e incluso como para no haber comprado el piso.

Preguntamos si es posible demandar a la constructora ya que en el proyecto firmado el constructor tenía claro que iban a poner un macetero en el 30% de la terraza, ya que en el plano figura una doble línea de separación entre el solado y la tierra, sin indicar ninguna altura, y el comercial de la constructora nos lo vendió verbalmente como terreno a pie de suelo, sobre ese mismo plano.

¿Si ganáramos, que beneficio podríamos obtener? ¿Económico (de que tipo ya que la terraza no computa como el resto de la casa o no afecta este baremo) o si podríamos obligar a la constructora a eliminar el macetero?

Gracias

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Re:Jardinera 30% de la terraza no indicada en compra 10 años 6 meses antes #10434

En mi opinión, todo depende del modo en que se describiese la terraza en el contrato privado de compraventa (incluido proyecto) y en la publicidad. En caso de que no se advirtiese suficientemente que el 30% eran jardineras y en cambio se diese a entender que todo era superficie transitable, podría reclamarse una indemnización por la pérdida de superficie transitable, valorando los m2 perdidos. O si técnicamente es posible, se podría reclamar la eliminación de las jardineras.

La clave es la descripción de la terraza en todo documento con valor contractual, pues exactamente esa descripción es lo que debe esperar el comprador.

No puedo ser más específico sin analizar la documentación concreta, lo que excede el propósito de este foro divulgativo.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
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