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Contrato estipula fin después de cinco años: SOS 8 años 5 meses antes #11090

Buenos días
En septiembre de 2011 firmamos un contrato de alquiler en Madrid con la Sociedad Pública de Alquiler, hoy inexistente, de un piso propiedad del Estado (Tesorería General). En dicho contrato, en el apartado de duración, especifica lo siguiente: "A la fecha del vencimiento de la cuarta prórroga obligatoria, el contrato quedará extinguido de pleno derecho y la parte arrendataria estará obligada a devolver a la parte arrendadora las llaves y la libre posesión.... quedando desde este momento notificado de la voluntad de la parte arrendadora de no renovar el contrato (sin perjuicio de que la parte arrendadora le reitere esta notificación, si ello fuere necesario, al menos con un mes de antelación a la indicada fecha).
Mi duda es si al indicar esto el contrato, estamos obligatoriamente fuera de este piso para septiembre de 2016 o igual es posible aplicar la prórroga de tres años, ya que no hay de por medio una venta del piso a un familiar o para uso del propietario. Y, por otro lado, si cambia algo al haber desaparecido la Sociedad Pública de Alquiler, con quien hemos firmado el contrato (en representación de la Tesorería) o si esto puede beneficiarnos de cara a "pelear" por las prórrogas.
Estoy muy preocupada por este tema, agradecería mucho la información que pudieran darme.
Cordialmente,
MS

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Contrato estipula fin después de cinco años: SOS 8 años 5 meses antes #11093

La desaparición de la Sociedad Pública de Alquiler no modifica para nada el régimen aplicable a su caso. El arrendador es la TGSS.

Desde el punto de vista jurídico, es válido que el contrato recoja la voluntad del arrendador de poner fin al contrato al cumplirse el plazo mínimo de prórroga forzosa de cinco años vigente cuando se firmó. Por lo tanto, en pura teoría, no haría falta requerir de nuevo para dar por terminado el contrato.

Ahora bien, dadas las circunstancias de su caso, siendo la TGSS el arrendador, la cláusula parece ser resultado del uso de un modelo de contrato, más que de una auténtica voluntad de terminación al cabo de cinco años. Por ello yo me esperaría, sin marcharme, a que venciera el contrato. Si permanece en la vivienda sin que la TGSS le diga nada, el contrato se entiende tácitamente prorrogado de nuevo.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
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Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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Contrato estipula fin después de cinco años: SOS 8 años 5 meses antes #11094

Muchas gracias por su respuesta, Gastalver. Lo que pasa es que en nuestro caso, por circunstancias de comienzo de colegio de nuestro hijo en ese mismo septiembre de 2016 cuando finalizaría el contrato, no sé si nos compensa esperar -pues vamos a buscar centros por la misma zona- o hablar directamente con la TGSS para precisar si hay o no voluntad de renovación. Otra duda: de prorrogarse, ¿sería por un plazo de tres años?

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Contrato estipula fin después de cinco años: SOS 8 años 5 meses antes #11095

Desde luego si quiere acabar con cualquier tipo de incertidumbre lo mejor es coger el toro por los cuernos y localizar al representante de la TGSS como arrendadora para que confirme la terminación del contrato o no.

Como el contrato se firmó antes de la reforma legal de junio de 2013, cumplidos los primeros cinco años, vuelve a nacer un derecho de prórroga forzosa por otros tres años. Es decir, da igual si en septiembre de 2016 le prorrogan por UN AÑO. Vd. tiene derecho a extender esa prórroga hasta 2019, y la TGSS tiene que aceptarlo forzosamente.
Miguel Gastalver Trujillo
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Contrato estipula fin después de cinco años: SOS 8 años 5 meses antes #11096

Gracias de nuevo. Creo que lo de encarar esto antes de que llegue la fecha va a ser la mejor solución. Si hay que buscar casa nueva, es preferible saberlo cuanto antes.
Un saludo cordial y gracias por esta labor.

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