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Aún no me devuelve la Fianza 9 años 1 semana antes #10900

Resulta que el pasado 24 de febrero salí del piso en el que estaba y cuando le dí a la dueña el papel de la rescisión de contrato me dijo que eso lo tenía que ver su asesor, que ella no firmaba nada sin que él lo dijera y se negó a firmar. Yo, como estaba harto de esta gente, salí del piso pensando que lo único que tengo por escrito es una conversación de whatsapp en la que se habla de dejar el piso y de la entrega de la fianza, que según ella, se haría cuando vinieran los consumos de luz y agua (según ella, a finales de marzo).

Pues bien, los consumos ya han llegado. Yo sé las cantidades puesto que he llamado a endesa y a emasesa y sé lo que me correspondería, unos 453 € a mi favor.

Ahora dice la dueña que tenemos que esperar a que a ella le ingresen el depósito de la junta, que aún no lo han hecho.

Yo no tengo por qué esperar a que la Junta le ingrese a ella, yo debo de recibir mis 453€ y, según tengo entendido, ellos pueden pedir intereses por la demora, pero ese no es mi problema.

Creo que debería de mandarles un burofax pidiéndoles esa cantidad (ellos no saben que yo sé la cantidad de las facturas), pero no estoy seguro si el no tener el papel de rescisión de contrato sería un problema, por otro lado, como te he comentado, tengo la conversación de whatsapp, que no sé si sería válida como prueba.

Espero su respuesta.

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Aún no me devuelve la Fianza 9 años 1 semana antes #10904

Acierta cuando se pregunta si el "no tener el papel de rescisión de contrato sería un problema" ya que efectivamente, en caso de juicio, sobre Vd. recaería la carga de probar que se puso fin al contrato de mutuo acuerdo antes de que venciera el plazo convenido, y si no lo hiciera, se consideraría incumplido el contrato por su parte, dando a la arrendadora un derecho de indemnización que podría justificar la retención de la fianza.

Así que lo primero que debe preconstituir es prueba de que el contrato se termina de mutuo acuerdo. Insista a la arrendadora en la necesidad de formalizarlo adecuadamente. Si la arrendadora no firma nada, un simple mensaje de whatsapp -cuyo tenor literal desconozco- no sé cómo sería valorado por un juez, ya que es susceptible de haber sido manipulado. Podría no ser considerado prueba suficiente de que la arrendadora estaba conforme con que Vd. abandonase la vivienda antes de tiempo.

Requeriérale la devolución por medio de burofax, haciendo mención en la carta a que hubo acuerdo en que Vd. abandonara la vivienda el 24 de febrero, y al mensaje de whatsapp que lo demuestra, y recuérdele el art.36.4 LAU:

4. El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución.

Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
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Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
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Aún no me devuelve la Fianza 9 años 4 días antes #10906

Arreglado, ya tengo la rescisión de contrato. Ahora tengo otro temita con la casera.

Dice que hasta que la junta no le abone a ella la fianza, ella no me la ingresará a mí. Eso es así??

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Aún no me devuelve la Fianza 8 años 11 meses antes #10912

Realmente no existe una norma que así lo establezca. Al contrario. La ley de arrendamientos establece que transcurridos treinta días desde que la fianza debió ser devuelta, devenga intereses.
No obstante, en un hipotético juicio, si el arrendador acredita que pidió a la administración la devolución de la fianza tan pronto como pudo la norma general le eximiría de responsabilidad por el retraso, ya que no le es imputable.
Así pues, como consejo práctico, dele un tiempo razonable al arrendador para recuperar la fianza, sin renunciar a ella.
Miguel Gastalver Trujillo
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