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IBI, varias viviendas con una unica ref. catastral 12 años 5 meses antes #9829

Primero quisiera dales las gracias de antemano por su atencion.

Tengo alquilado un apartamento el cual esta en un edificio de un unico dueño y el recibo del IBI es comun para toda la finca (incluiyendo viviendas, locales comerciales, oficinas, plazas de garaje). La casera me ha comunicado que el mes que viene me va a pasar el importe que me corresponde pagar, tal y como pone en el contrato, pero creo que las cuentas estan muy mal.

Ella divide el importe del IBI entre todas las viviendas, independientemente de los metros, con lo cual, yo con mi apartamento de 50 metros pagaria lo mismo que mi vecino con 90 o la oficina de debajo con 120. Mi pregunta es, como puedo calcular lo que tengo que pagar si no dispongo del valor catastral del apartamento individual?? (La finca es de 4575 metros cuadrados construidos, mi apartamento es de 50 y el recibo asciende a 10589.30, segun sus cuentas son 245 euros, me parece excesivo)
Imagino que esa propiedad al ser de un solo propietario no se encuentra bajo el regimen de propiedad horizontal, con lo cual tendria que pagar los gastos segun la superficie arrendada o no es asi??

Total, que he ido al ayuntamiento y he intentado asesorarme pero en ningun sitio saben decirme cuanto legalmente tengo que pagar.

Muchas gracias, un saludo.

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Re:IBI, varias viviendas con una unica ref. catastral 12 años 4 meses antes #9832

En primer lugar, la arrendadora tiene derecho a repercutirle el importe del IBI en una cuantía PROPORCIONAL a la superficie de su vivienda.

Si en cambio pretende repercutir por igual a todos los pisos y locales, lo que debe hacer Vd. cuando le llegue la notificación, es comunicarle de manera fehaciente que se opone a la repercusión por no estar conforme con el cálculo de la cuantía repercutida. Y no pagarla. Esto debe hacerlo antes del transcurso de 30 días desde que reciba la notificación.

De esta forma, si le demandaran por no pagar el IBI el arrendador perdería el pleito, pues consta de manera fehaciente su oposición y ya le adelanto yo que está bien fundada. Si no comunicara su oposición, incluso aunque Vd. tuviera razón, el arrendador ganaría el pleito y podrían desahuciarle. Así que comprenda la importancia de esta comunicación de la oposición.

Por otra parte, para saber cuál es exactamente el porcentaje que le corresponde a su piso, es equivalente a la cuota reflejada en la Escritura de Constitución y División de Propiedad Horizontal. Si el propietario no está dispuesto a darle una fotocopia, esta escritura puede localizarla en el Registro de la Propiedad.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
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