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Otra duda 15 años 1 mes antes #7921

Muchas gracias, eso es lo que estaremos intentando, aunque me han dicho que en caso de pedir indemnizacion o daños y perjuicios pueden hacerlo despues de cancelar el contrato .

Y que las costas de juicios deberia pagarlas yo
que soy la inquilina
Estos es asi?

Y si pierden tambien las pago yo?

No puedo yo pedir daños y perjuicios por causarme depresion ansiedad,taquicadia y daños para mi salud?

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Re:Otra duda 15 años 1 mes antes #7918

Cuando se termina anticipadamente un contrato de arrendamiento de mutuo acuerdo con el arrendador, lo que hay que asegurarse es de que en el acuerdo se recoge expresamente que el arrendador renuncia a cualquier indemnización.

Si en el acuerdo no consta dicha renuncia y el arrendador tiene derecho a exigir la indemnización entonces efectivamente se corre el riesgo de que incluso con posterioridad a la resolución de mutuo acuerdo el propietario decida demandar (Ver nuestro artículo "Si el inquilino deja la vivienda antes de tiempo ¿tiene que pagar alguna indemnización al arrendador?" )

Y es probable que la demanda fuera estimada y hubiera condena en costas.

Como digo, todo esto se evita incluyendo en el acuerdo la renuncia expresa del arrendador a cualquier tipo de indemnización.

Para presionarle, dígale que si no no firma el acuerdo, sigue con el contrato -aunque no pague la renta- y no podrá vender el piso libre de arrendamientos.<br /><br />Envio editado por: Gastalver, el: 2009/03/08 23:10
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
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