Diccionario Legal

La Constitución Española obliga al Estado, a las Comunidades Autónomas y a los Ayuntamientos a hacer todo lo posible para que todos los españoles puedan disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Generalmente, las medidas adoptadas por las Administraciones Públicas para lograr dicho objetivo se recogen en las normas denominadas 'Plan de Vivienda', las cuales suelen tener aplicación por periodos de cuatro o cinco años.  Así se habla por ejemplo del  Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 (disponible en la sección de Normas)

En dichos Planes se establecen ayudas, financieras o no financieras,  para la promoción, compra o alquiler de viviendas, se establecen medidas en materia de suelo, de colaboració entre administraciones públicas....

Las 'Actuaciones Protegidas' son precisamente esas acciones de los poderes públicos encaminadas a satisfacer las necesidades de vivienda de las personas y familias a las que se destine un Plan de Vivienda.

Por dicha razón se habla de 'Vivienda Protegida o de Protección Oficial'. Se trata de viviendas acogidas a un Plan de Vivienda, cuya razón de ser es que  todos los españoles puedan disfrutar de una vivienda digna y adecuada.


 

Indicador o referencia del nivel de renta que sirve para determinar la cuantía de determinadas prestaciones o para acceder a determinados beneficios, prestaciones o servicios públicos, por ejemplo las Actuaciones Protegidas en materia de Vivienda. Desde el año 2004 sustituye al SMI (Salario Mínimo Interprofesional) en esta función, de forma obligatoria para el caso de las normas del Estado y de forma potestativa para el caso de las comunidades autónomas, de las Ciudades de Ceuta y Melilla y de las entidades que integran la Administración local.

Está regulado en el Real Decreto Ley 3/2004, de 25 de junio, para la racionalización de la regulación del salario mínimo interprofesional y para el incremento de su cuantía.

Certificado emitido por el Secretario del Ayuntamiento, generalmente informado por el Arquitecto o Técnicos Municipales, en el cual informa sobre las normas urbanísticas aplicables al ámbito al que se refiera, en la fecha de emisión.

Dicho en otros términos, es el documento oficial que cualquier ciudadano puede solicitar a su Ayuntamiento para que le informe sobre lo que puede o no puede hacer con su inmueble, sea este un terreno rústico, una parcela, un solar, un casita...según lo dispuesto en las normas urbanísticas en vigor en ese momento.

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