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La Constitución Española obliga al Estado, a las Comunidades Autónomas y a los Ayuntamientos a hacer todo lo posible para que todos los españoles puedan disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Generalmente, las medidas adoptadas por las Administraciones Públicas para lograr dicho objetivo se recogen en las normas denominadas 'Plan de Vivienda', las cuales suelen tener aplicación por periodos de cuatro o cinco años.  Así se habla por ejemplo del  Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 (disponible en la sección de Normas)

En dichos Planes se establecen ayudas, financieras o no financieras,  para la promoción, compra o alquiler de viviendas, se establecen medidas en materia de suelo, de colaboració entre administraciones públicas....

Las 'Actuaciones Protegidas' son precisamente esas acciones de los poderes públicos encaminadas a satisfacer las necesidades de vivienda de las personas y familias a las que se destine un Plan de Vivienda.

Por dicha razón se habla de 'Vivienda Protegida o de Protección Oficial'. Se trata de viviendas acogidas a un Plan de Vivienda, cuya razón de ser es que  todos los españoles puedan disfrutar de una vivienda digna y adecuada.


 

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