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Puede hacer eso mi casero? Ayuda.... 10 años 5 meses antes #10718

En mi opinión es clara la intención de las partes de estipular un mes de penalización en caso de desistimiento anticipado del contrato por lo que entiendo que es correcto que sólo le devuelva uno, ello al margen de que la redacción del acuerdo de entrega de llaves no sea jurídicamente muy afortunada.
Miguel Gastalver Trujillo
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Puede hacer eso mi casero? Ayuda.... 10 años 5 meses antes #10719

Pero no consta en la misma (en el documento de entrega de llaves) que él afirma que no va a pedir imdemnización?
Obviamente, la entrega de llaves no sólo consta de ese parrafo logicamente....

Gracias

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Puede hacer eso mi casero? Ayuda.... 10 años 5 meses antes #10720

Como lo estipulado en el contrato y lo manifestado en el acto de la entrega de llaves es contradictorio hay que indagar cuál es realmente la intención de las partes y trascender lo literal.
Miguel Gastalver Trujillo
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Puede hacer eso mi casero? Ayuda.... 10 años 5 meses antes #10721

Pero si en el documento de entrega de llaves también aparece "...resolver de mutuo acuerdo el contrato de arrendamiento...", todo firmado por arrendador y arrendatario, esto no da ya por invalidado el acuerdo, vamos, que se rompe el acuerdo. O el contrato sigue estando vigente aunque se haya resuelto?

No hay quien se aclare la verdad. Gracias!

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Puede hacer eso mi casero? Ayuda.... 10 años 5 meses antes #10722

Veamos. En primer lugar le estoy hablando genéricamente. No he examinado todos y cada uno de los documentos de su caso incluida la correspondencia que haya podido existir enter ambos, ni es esa la finalidad de este foro. Si desea un examen profesional de su caso en particular debe hacer una consulta . No obstante la pregunta que debe hacerse, si en el acuerdo de resolución de mutuo acuerdo está tan claro, ¿por qué ahora pretende el arrendador hacer valer la estipulación del contrato relativa al desistimiento? Todo parece indicar que su casero interpreta que no se ha producido una resolución de mutuo acuerdo sino un desistimiento. Es decir, no un acuerdo BILATERAL sino una decisión UNILATERAL. En caso de contradicción hay que indagar cuál es la intención de las partes a partir de sus actos coetáneos y posteriores a la firma del contrato, y trascender lo literal si es que es confuso o propicia las contradicciones.

Realmente, ¿de quién fue la iniciativa de terminar el contrato anticipadamente?
Miguel Gastalver Trujillo
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Puede hacer eso mi casero? Ayuda.... 10 años 5 meses antes #10723

Muchas gracias por su tiempo. No es mi intención abusar de este foro por lo que le agradezco su interés.

El caso es que estas contradicciones que le llaman la atención son las que a mi también me extrañan. La iniciativa de terminar el contrato fue mía. Se lo comunique por teléfono mostrándose comprensivo y no mostrando objeción alguna. También le envié un burofax con más de 30 días de antelación con la notificación. Durante la entrega de llaves en ningún momento se mostró disconforme con la disolución ni realizó ningún comentario sobre retener un mes de la fianza y firmó el documento de entrega donde consta "resolver con fecha XXX de mutuo acuerdo el contrato de arrendamiento suscrito entre ambas partes con fecha XXX sobre la vivienda siga en XXX", y aparte de incluir también lo de no reclamar indemnización por incumplimiento de plazo de contrato, se indica explícitamente que la totalidad de la fianza (XXX €) será entrada por el arrendador al arrendatario durante el mes de diciembre.
Y en la firma aparece "estando conformes las dos partes con el contenido del documento" y la firma a continuación del arrendatario y arrendador.

Sinceramente no entiendo porqué ahora puede retenerme ese mes de la fianza....

Gracias.

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