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Hola a todos,

A mi novia y a mi nos ha tocado vivienda de protección oficial, una a cada uno y por separado. Con la legislación vigente debemos escriturar cada uno la nuestra y no podemos transmitir en 10 años.

¿Qué pasa si nos casamos? ¿Podría acarrear alguna incompatibilidad? ¿Supodría transmisión a la sociedad de gananciales fruto del matrimonio? ¿Sería necesario hacerlo en régimen de separación de bienes?

Muchas gracias por resolver mi duda. Un saludo.

Pedro

Sea cual sea el régimen económico matrimonial por el que optaran vulnerarían la prohibición de disponer de más de una vivienda de protección oficial por unidad familiar. Uno de los dos tendría que renunciar a la misma o bien descalificarla reembolsando a la Administración que se la adjudicó todos los beneficios y ayudas que recibió para su adquisición.


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