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Hola, me estoy planteando el casarme con mi pareja y tengo una duda. Actualmente el piso donde vivimos es de mi propiedad pero todavía no he pagado la totalidad del préstamo. Tenemos pensado en un futuro próximo el comprarnos un nuevo piso, a nombre de los dos y seguramente tenga que vender el actual. Mi pregunta es,¿ una vez casada el beneficio que obtenga de la venta se considera como bien ganancial? ¿ y si quiero invertir ese dinero en otro inmovilizado, sigue siendo un bien privativo o pasa a ser ganancial? Gracias y saludos.

El dinero que obtenga será privativo pues procede de la venta de un bien privativo y la nueva vivienda será igualmente privativa pues habrá sido adquirida en sustitución o a costa de un bien privativo. Ahora bien, para prevenir problemas en caso de divorcio y liquidación de la sociedad de gananciales, es conveniente que el dinero de la venta lo ingrese en una cuenta corriente y que sea desde esa misma cuenta corriente desde donde realice los pagos de la nueva vivienda. Además en la escritura de compraventa debe hacer Vd. constar expresamente que la nueva vivienda se adquiere con carácter privativo, a pesar de estar vigente una sociedad de gananciales, pues viene se adquiere con el dinero de la venta de un bien privativo (o cualquier otra formula que haga constar en la escritura el origen del dinero y que dicho origen era privativo).



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