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Hola, quiero vender mi vivienda a mi hijo, reservándome el usufruto de la misma, teniendo en cuenta que hay dos herederos más, tendra mi hijo problemas el dia que yo falte. Gracias.

Una cosa es vender, sea la plena propiedad sea sólo la nuda propiedad, para lo cual da lo mismo que el comprador sea su hijo o no siempre y cuando la venta se produzca a precios de mercado, y otra cosa distinta es donar. No sólo ha de ser considerada donación el regalo puro a cambio de nada. También una venta a precio inferior al de mercado puede ser considerada una donación encubierta.

En este segundo caso, si cabe hablar de donación, la validez y eficacia de la misma dependerá de cuántos herederos concurran a su sucesión tras su fallecimiento y del grado de parentesco que tengan con Vd.

A priori, sin más datos, es imposible darle respuesta a todas las hipótesis posibles. En general cabe decir que las donaciones recibidas en vida por los herederos deberán ser 'traídas a colación', es decir, contabilizadas junto con el resto de la herencia, al efecto de calcular la legítima. Luego se verá si el valor de lo donado es superior, inferior o igual a la legítima y si su hijo habrá de compensar a los demás herederos o no.

Pero bueno, volviendo a su pregunta. Si se realiza una compraventa a  precios de mercado, no hay ningún problema.

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