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¿Cuál es el período mínimo de tiempo por el que se puede alquilar una vivienda?

No existe un periodo mínimo. En realidad se podría alquilar un solo día. O incluso una hora. El único requisito es que ambas partes, propietario e inquilino estén de acuerdo. No obstante, ningún propietario se presta a ello cuando alquien lo solicita. La razón es bien sencilla. La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que el arrendatario (inquilino), con independencia del plazo que se haya pactado en el contrato, tiene derecho a que éste se prorrogue una y otra vez al menos hasta que se cumplan cinco años (desde la reforma de 2013, sólo tres años), ello con independencia de si al propietario le parece bien o no. Esto en la práctica quiere decir que cualquier propietario que firme un contrato, sea por el plazo que sea, se expone a tener que mantenerlo hasta cinco años (tres), dependiendo ello de la exclusiva voluntad del inquilino. Así pues, desconfían de quien pretende alquilar por un periodo corto de tiempo. En lugar de correr riesgos no planificados, por ejemplo que el inquilino resulte insolvente y pierda meses hasta poder disponer de nuevo de la vivienda, la mayoría de los propietarios prefieren inquilinos con referencias, serios, solventes y por un plazo largo de tiempo.

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