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Entregué a una inmobiliaria una señal de 2.000€ para la compra de un piso y el mismo día por la tarde me arrepentí y pedí que me devolvieran el dinero. La inmobiliaria me ha dicho que no me devuelve el dinero porque no el documento que firmé no era de arras penitenciales. Les mando una copia. ¿Qué son las arras penitenciales? ¿Podré recuperar mi dinero?

Una vez examinado el documento hay que partir de la base de que vd. ha firmado un contrato de compraventa, y que el dinero que ha entregado es a cuenta del precio de la misma. No obstante ese contrato todavía no se ha cumplido en su totalidad, puesto que ni le han entregado la vivienda ni Vd. ha terminado de pagar el precio. Para ello se han establecido unos plazos que todavía no han vencido.

Con la expresión “arras penitenciales” se hace referencia a la estipulación o acuerdo de ambas partes de reconocerse el derecho a desistir del contrato, es decir, de apartarse de él, y darlo por terminado antes de que se cumpla, normalmente a cambio de una compensación por los perjuicios que se le causan a la otra parte, que esperaba que el contrato se cumpliera.

Típicamente el acuerdo de arras penitenciales, en un caso como el suyo, habría establecido que ambas partes tienen la posibilidad de desistir del contrato de compraventa, el comprador perdiendo la señal, y el vendedor devolviendo el doble de la misma.

En su caso, no existe ese acuerdo.

Por lo tanto el contrato sigue vigente y hay que cumplirlo. Si Vd. decidiera no seguir adelante, y no pagar el resto del precio, el vendedor podría declararlo resuelto. Dependería exclusivamente de él. Y podría exigirle a Vd. una indemnización por los daños y perjuicios causados por su incumplimiento. Pero dicha indemnización no tiene por qué ser equivalente al importe de la señal. Es más, tendría que acreditar que efectivamente su incumplimiento le ha causado un perjuicio mensurable económicamente. Y sólo podría retener esa cuantía.

No obstante, la realidad es que el vendedor –representado por la agencia inmobiliaria- es quien tiene de hecho el control de la situación. Vd. debería anunciarle que no va a cumplir, y pedirle que le devuelva el dinero aceptando indemnizarle por los perjuicios que le acredite.

Cuando uno entrega una señal a cuenta del precio de una compraventa es muy importante formalizarlo adecuadamente para evitar problemas como el suyo. Si no estaba seguro, debió asegurarse de realizar la estipulación de arras penitenciales, y entregar una señal lo más baja posible.

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