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Vamos a liquidar la Sociedad de Gananciales del matrimonio ante notario. Ya estaba disuelta por Convenio que presentamos en el Juzgado en el procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo, pero faltaba la liquidación, la cual vamos a hacer ahora. Mi pregunta es la siguiente. En la sociedad de gananciales hay una vivienda que a mi me interesaria cambiar por otra que me pertenece con carácter privativo. ¿Podría adjudicarle a ella esta última vivienda en pago por adjudicarme yo aquella otra? 

La liquidación de la Sociedad de Gananciales por sí sola no es apta para realizar adjudicaciones de bienes que en el momento de la liquidación no sean gananciales sino privativos. Si lo que desea es utilizar un bien actualmente privativo para compensar a su mujer por el exceso de adjudicación resultante de atribuirse Vd. en exclusiva una vivienda ganancial, lo que debe hacer es aportar previamente a la sociedad de gananciales dicho bien privativo, de manera que se transforme en ganancial. La aportación puede realizarse con carácter oneroso o como donación. En ambos casos tiene repercusiones fiscales. Una vez formalmente aportado, la respuesta es SI.
 
El caso es muy parecido al de las parejas que compran el piso de solteros, es decir en condominio y con carácter privativo,  y cuando por avatares de la vida deciden divorciarse desean 'jugar' con la mitad proindiviso y privativa de uno de ellos para compensar al otro con ocasión de la liquidación de la sociedad de gananciales, integrada por otros bienes.
 
En los casos en los que ello sea posible por tratarse de divorcios de mutuo acuerdo, el Convenio Regulador es el lugar adecuado para plasmar todas las operaciones de aportación, liquidación, adjudicación, etc... Para atribuir a un bien el carácter de ganancial basta una manifestación expresa de ambos cónyuges en ese sentido, aclarando como hemos dicho si la aportación es gratuita u onerosa.
 
Es conveniente aclarar expresamente en el Convenio cómo ha pasado la vivienda de ser privativa a ser ganancial pues de lo contrario nos podemos encontrar con problemas a la hora de inscribir en el Registro de la Propiedad.