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Me van a entregar una casa pero no he conseguido vender una vivienda con la que pensaba pagarla. Los bancos no me conceden crédito hipotecario. Según el contrato, únicamente el vendedor puede resolverlo en caso de impago, o bien puede ejecutarlo, a su elección. ¿Estoy obligado a comprar la casa en cualquier caso, aún no teniendo dinero para pagarla?¿Qué puedo hacer?

Efectivamente está obligado a comprarla. Tenga en cuenta que al vendedor no le incumbe de dónde obtenga Vd. el dinero necesario para pagar el precio del producto que vende. Es el comprador el que debe valorar si tiene la capacidad económica suficiente para realizar la compra.

Vd. ha firmado un contrato y debe cumplirlo. Si no paga la cantidad estipulada en el plazo previsto vendedor podrá optar entre:

-Exigirle judicialmente el cumplimiento del contrato, en cuyo caso le entregará la vivienda adquirida pero Vd. tendrá que abonar el precio, voluntariamente o por vía ejecutiva, en cuyo caso se le embargarán bienes suficientes para ello. Además deberá pagar una indemnización por el retraso en el pago, indemnización que generalmente viene prevista en el contrato.

-Resolver el contrato por incumplimiento, en cuyo caso no le entregará la vivienda, pero retendrá en concepto de indemnización una parte del dinero ya entregado a cuenta del precio, generalmente en un porcentaje previsto en el contrato.