Compraventa

  • Subrogación en Hipoteca del Promotor

    En el contrato de compraventa de vivienda que he firmado me obligan a subrogarme en una hipoteca con unas condiciones peores a otra que yo había buscado. ¿Tengo que conformarme?

  • IVA en compra vivienda nueva

    Próximamente mi pareja y yo vamos a adquirir en propiedad una vivienda de obra nueva. Al ir a preguntar sobre las hipotecas nos han dicho que reunimos los requisitos necesarios para pagar el 5% de IVA en lugar del 7% que nos estan cobrando. He consultado en las páginas de Hacienda y no encuentro ninguna referencia a esta rebaja del IVA. Me gustaria saber si tengo derecho a pedirle al promotor que me reembolse la parte de IVA que pago de más, si es cierto que existe esta rebaja.

  • Vicios Ocultos en Compraventa

    Hemos comprado una vivienda aislada en el mes de noviembre del 2006 a través de una inmobiliaria. La casa tiene unos 30 años, es en 2 plantas, planta baja trastero y garage, y primer piso cocina, baño y habitaciones. Nos hemos encontrado que la base de la casa o techo del trastero, estaba cubierto por poliespano, al retirarlo nos encotramos que el hierro de las vigas tienen problemas de corrosión, nuestra consulta es la siguiente, que procedimento cabe realizar para reclamar estos defectos de estructura, y plazos que tenemos!!!.
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en Andalucía

    He adquirido una vivienda que sera mi habitual. Quiero saber qué % debo de pagar por Actos Juridicos Documentados en la comunidad andaluza.  Mi edad es de 40 años, tengo otra vivienda en propiedadad que la tengo puesta en venta.

  • Casa heredada sin escritura

    Somos 4 hermanos (uno ya fallecido) y tenemos una casa en ruinas heredada de nuestra madre,la cual no tenía hecho testamento. No tenemos ninguna escritura(fue heredada por mi madre de un tio hace más de 50 años) y el único documento es la contribución, que sigue a nombre de mi madre. Tenemos un posible comprador y desearíamos saber qué tramites hay que hacer para poder venderla. Muchas gracias por su ayuda.

  • Cesión contrato compraventa antes de escritura

    Hola!  Me llamo Juanlu y tengo un pequeño problema con la venta de mi casa. Hace 13 meses me compre una casa en Fuerteventura (donde trabajo); esta casa la compré sobre plano; la promotora nos pedia una entrada la cual estaba desglosada en 24 pagares mensuales; en fin, que firmamos el contrato con la promotora y hasta el dia de hoy se han atendido todos en su momento. El problema es que la entrega esta prevista para dentro de un año aproximadamente y yo tengo que volver a casa por problemas familiares de diversa índole. Mi mujer y yo pensamos en que debemos vender esta vivienda y empezamos a dar los pasos para venderla; nos ponemos en contacto con la promotora y le explicamos el problema. Despues de marearnos unos dias diciendo que si que no hay problema para vender dado el caso, ya sea haciendo un contrato de cesion a un particular (el cual ya existe) o incluso que la inmobiliaria que nos vendio la casa pues se la quedase (siempre lo que se busca es que nos devuelvan lo que se les ha entregado a traves de los pagares), nos dicen que no se puede vender hasta despues de escriturar lo cual nos deja perplejos ya que nos habiamos hecho a la idea de que no habia ningun tipo de problema. No contento con la explicacion que me da la promotora me acerco a la inmobiliaria que me vendio la vivienda para explicarles el caso y saber si ellos nos podian ayudar, pero cual es mi sorpresa que cuando paso por la cristalera de la inmobiliaria y veo un piso de las mismas caracteristicas que el mio y justo una planta mas arriba en el mismo edificio que yo he comprado. ¿Pueden ellos vender antes de escriturar y yo no? Me he releido el contrato una y otra vez y en el no dice que no se pueda hacer un contrato de cesion y por supuesto que la inmobiliaria no tiene la exclusividad en la venta de esta promocion. Tambien quiero que no se me malinterprete puesto que en ningun caso pretendo especular con el precio de la vivienda. Gracias de antemano por su ayuda

  • Retraso en la entrega de la vivienda

    Hola, mi consulta es la siguiente teóricamente me tenían que haber entregado la vivienda en enero, pero a dia de hoy no me la han entregado porque me negué a firmar sin cédula de habitabilidad, visto los problemas que tienen los vecinos que si han firmado, en el contrato de compraventa dice que podre solicitar una indemnización a razón de 10€ día o rescindir el contrato, yo estoy de alquiler pagando 500€ al mes es decir más de los 10€ al día (serian 300€ la indemnización), ¿En este caso sólo podre reclamar lo 10€ que pone en el contrato?, y otra cosa es que en los planos que me dieron para comprar la casa tengo una cochera (sólo tiene techo, no tiene paredes a los lados), de 9,9 metros cuadrados, es decir 4,5x2,2 que es lo mínimo que tiene que tener una plaza de garaje por lo que he leído por internet, pero mi caso es que no me coge el coche dentro porque de longitud sólo hay 4,25m, con lo que me ha tocado pagarles una modificación para que me recorrieran la puerta del garaje a un jardín que tengo al lado, ocupando parte del jardín con el coche y este teniéndose que quedar al aire libre sin techo aparte de los 1500€ que me han cobrado por la modificación, esto tiene algún tipo de indemnización y si es así de cuanto podríamos estar hablando, y otra cosa es que en la memoria de calidades pone que las tuberías tienen que ser de cobre y las han puesto de PVC es decir de inferior calidad y mas económica la instalación, gracias por tanta pregunta y gracias de antemano.

  • ¿Puedo cobrar indemnización por retraso en mi entrega de llaves?

    Estimados señores, El pasado 8 de Mayo de 2006, mi pareja y yo firmamos el contrato de compraventa de una vivienda de nueva construcción en Madrid.

    En el momento de la firma, la vivienda se encontraba en construcción. La cláusula del contrato de compraventa referida a "Entrega de la vivienda" estipula lo siguiente:

  • Venta de vivienda y vicios ocultos

    Buenas noches. En la actualidad, mi pareja y yo tenemos una vivienda ( que constituye nuestra vivienda habitual ) adquirida en Agosto de 2004. Tenemos problema con una vecina ( es una persona mayor que tiene problemas psiquiátricos y a la que la familia da de lado ). Hace unos días nos amenazó e, incluso, llegó a pegar a mi pareja con un palo. No queremos tener problemas con ella y, como la casa se nos está quedando pequeña ( tenemos una hija de 1 año y queremos tener más en un futuro ), nos hemos decidido a comprar otra vivienda y vender ésta. Caso de que el comprador conozca esta información, el precio de la vivienda será menor al que tiene en la realidad. No obstante, no sabemos si, al venderla, tenemos que informar al comprador de la situación en que nos encontramos con esta vecina y si, caso de no hacerlo, éste nos pueda denunciar por no haberle transmitido esta información. Creemos que esto no es responsabilidad nuestra pues nosotros vendemos la vivienda en regla ( sin embargos de ningún tipo, con contribución y comunidad al corriente). ¿Qué opinan al respecto?. ¿Qué puede ocurrir caso de no transmitir esa información?. Muchas gracias y un saludo.

  • Rescisión compraventa por imposibilidad subrogación hipotecaria

    Compre una casa en Grupo Recio de sevilla, en mi contrato pone que si me deniegan la subrogacion a la hipoteca tengo derecho a rescindir el contrato y a recibir de forma integra la cantidad entregada. La subrogacion me ha sido denegada y me dicen que no puedo rescindir el contrato ya que mi expediente lo estudiara la central de la caixa y no una sucursal ya que tiene mas rango jerarquico. Mi expediente lleva una nómina de 1800 euros y unas cargas personales de 1000 euros de dos hipotecas y me tienen que conceder 160.800 euros ¿es legal que la central de La Caixa me apruebe esta hipoteca  ¿esto es denunciable? o hay un vacio legal espero vuestra respuesta

  • Reclamación por retraso en entrega de la vivienda

    La vivienda que compré debería haber sido entregada antes de Junio según el contrato. En él no se indica ningún tipo de indemnización por retraso en la entrega de la vivienda, es decir, no hay ninguna cláusula penal moratoria. La vivienda se entregará a principios de Noviembre y durante este tiempo he tenido que estar de alquiler por lo que me gustaría reclamar a la promotora los gastos ocasionadosen estos 4 meses. El problema es que el contrato de alquiler que tengo es un escrito hecho entre el arrendador y yo, sin que se haya pasado el contrato por ningún registro. Lo único que tengo son los recibos del banco de haber pagado mensualmente. Me gustaría saber a que tengo derecho en estas condiciones y la manera de proceder. Gracias

  • Cláusulas abusivas en compraventa

    Me encuentro en proceso de compra de una vivienda en Madrid. Al revisar el borrador del contrato de compra que me ha dado la inmobiliaria (METROVACESA) me surge la duda de si continuar porque contiene cláusulas que me parecen inaceptables.

    1º. DEFICIENCIAS Y DESPERFECTOS EN LA CONSTRUCCION.

    Segun la ley de ordenación de la construcción el responsable de los defectos de construcción es el constructor siendo el promotor responsable solidario de dichos defectos. Sin embargo existe una cláusula del contrato dice: “Que entre el Vendedor (promotor) y las empresas y los profesionales intervinientes en la construcción no existen compromisos mediante los que se responsabilicen solidariamente de la calidad y buena construcción del edificio”. O sea según mi interpretación el promotor (Que es el que ha firmado contrato conmigo) puede alegar que la responsabilidad recae exclusivamente en el constructor. Curiosamente con el constructor no tengo ninguna relación contractual ni lo conozco.

    2º ENTREGA DE LA VIVIENDA. PRÓRROGA.

    El contrato tiene una estipulación que literalmente dice:

    "I.-       El Vendedor se obliga a efectuar la entrega material del objeto de compraventa con anterioridad al 31 de diciembre de 2009 salvo que medie justa causa, siempre que el Comprador se encuentre al corriente de sus obligaciones de pago y se haya celebrado la escritura de compraventa.
               
    II.-       Si llegada dicha fecha, no se pudiera entregar la vivienda por no haber concedido el Excmo. Ayuntamiento de Madrid la correspondiente Licencia de Primera ocupación, el Comprador concede expresamente al Vendedor una prórroga de cuatro meses a contar desde la fecha prevista de entrega.

    III.-      Si transcurrida la prórroga mencionada, El Excmo. Ayuntamiento de Madrid, aún no hubiera concedido la Licencia de Primera Ocupación, por causas no imputables a la vendedora, expresamente se acuerda por las partes diferir la entrega del objeto de compraventa hasta la efectiva obtención de la Licencia."

    Según mi interpretación esta cláusula permite al promotor demorar la entrega, como mínimo hasta el 30 de abril, simplemente entregando en el Ayuntamiento los documentos unos días antes del 31 de diciembre con lo que, al no darle tiempo al Ayuntamiento a resolver antes del 31 de diciembre, se aplicaría la cláusula de prórroga automática hasta el 30 de abril.

    El motivo de la consulta es si la interpretación que hago es correcta y si las cláusulas que he citado son legales.

    Adjunto modelo de contrato de compraventa facilitado por el promotor.

  • Informe pericial de Consumo.

    Actualmente estoy inmerso en un proceso de litigación por detectar en mi vivienda de reciente adquisición una serie de anomalías de importancia (grandes manchas de humedades en la pared de hormigón del sótano de la vivienda). Consultados con geólogos, arquitectos, etc esto es una patología que a priori no hay que alarmarse pero que en el futuro puede afectar a la cimentación de la vivienda. En su día hice una reclamación a Consumo para que me valoraran las anomalías de la humedad, haciendo este informe un Arquitecto. A este técnico le dije que por favor el informe recogiera datos importantísimos que segun la Ley de Edificación todo informe de este tipo debiera recoger: DAÑO MATERIAL, VICIO CONSTRUCTIVO, RESPONSABILIDAD ENTRE LOS AGENTES Y CUANTIFICACIÓN DE REPARACIÓN. Hace unos días que me llamó este Arquitecto y me dijo que el informe no hace referencia a estos datos sino que meramente recogen los costes en reparar daños estéticos. Quisiera saber cómo y de qué manera puedo obtener esta serie de datos, importantísimos a la hora de determinar responsabilidades etc, y si este informe lo debiera de recoger. También he pensado en hacer un escrito manifestando la no conformidad con el contenido de este informe o solicitando, otra vez a consumo, la ampliación de todas estas circunstancias, que según la Ley de Ordenación de la Edificación, debiera recoger estos tipos de informes. GRACIAS POR LA ATENCIÓN Y AGRADECERÍA UNA POSIBLE RESPUESTA.

  • Compra venta

    Vendí un piso hace más de 2 años, y ahora el propietario me reclama que pague una reparación, habian unas grietas en la estructura, y dice que soy yo la que debo pagar esa reparación. Quien debe pagar esa reparación?

  • Vender mi vivienda a mi hijo

    Hola, quiero vender mi vivienda a mi hijo, reservándome el usufruto de la misma, teniendo en cuenta que hay dos herederos más, tendra mi hijo problemas el dia que yo falte. Gracias.

  • Defectos construccion y vicios ocultos

    Situacion: Vivienda propia antiguedad contruccion 5 años. Problema diagnosticado mala insonorizacion viviendas mediante informe realizado por estudio ingenieria acustica. Acutalmente propuesta grupo vecinos reclamacion vicios constructivos contra promotor,jefe obra, arquitecto,etc. presumiblemente ganado por otros patios de los mismos bloques. Grupo vecinos aceptaria indemnizacion economica como alternativa reparacion completa. La pregunta es esta:

    1er CASO. NO ADVERTIR VICIOS OCULTO EN FUTURAS TRANSMISIONES ¿Por haber iniciado un estudio queda reflejado que soy cosciente y responsable de los vicios o lo es el constructor?

    Si renuncio a la reclamacion y a la compensacion economica, soy responsable de los vicios ocultos o lo es el constructor?

    Si reclamo junto al grupo y obtengo una compensacion economica forzada debo subsanar si no se advierte en posteriores transmisiones?

    Si reclamo por mi cuenta y obtengo sentencia favorable reparacion puedo diferir la reparacion en sentencia contra lo obtenido por la peritacion reparacion sobre el futuro comprador al que se le reconoceria lo obtenido o el futuro comprador puede reclamarme por mas valor de lo obtenido e INCLUSO LA DEVOLUCION DEL DINERO?

    2º CASO: ADVERTIR VICIOS OCULTO EN FUTURAS TRANSMISIONES

    Si reclamo junto al grupo y obtengo una compensacion economica forzada debo subsanar la totalidad de la reparacion o el futuro comprador puede reclamarme por mas valor de lo obtenido?

    Si reclamo por mi cuenta y obtengo sentencia favorable reparacion puedo diferir la reparacion en sentencia contra lo obtenido por la peritacion reparacion sobre el futuro comprador al que se le reconoceria lo obtenido o el futuro comprador puede reclamarme por mas valor de lo obtenido?

  • Resolucion de contrato por retraso en entrega de vivienda nueva

    Hola a todos, voy a exponer mi caso:

    Tengo firmado un contrato de compraventa con una promotora. Ese contrato de compraventa establece como fecha máxima de entrega de la vivienda (en escritura pública) el 31 de diciembre de 2007. Si no se cumplía con la entrega en esa fecha, el contrato recoge que pueden seguirse dos vías: una, conceder una prórroga a la promotora de 3 meses para la entrega; dos, la parte compradora puede resolver el contrato y reclamar el capital entregado a cuenta más los intereses legales devengados; esas dos opciones son las que el contrato de compraventa firmado recoge. Bien, pues yo, viendo que se habían pasado de la fecha de entrega les comuniqué, el 3 de enero, a la promotora y por medio de un requerimiento notarial que resolvía el contrato acogiéndome a la estipulación a la que antes me he referido. Ellos no contestaron a dicho requerimiento... tras personarme en la promotora varias semanas consecutivas para obtener una respuesta, al fin la he otenido, a fecha de 11 de febrero (aun no han entregado las viviendas), y esa respuesta es que la promotora va a llevar a término el contrato, reconocen haberlo incumplido pero me dicen que eso no me da derecho a resolver el mismo (cuando el contrato pone bien clarito que si) sino que me da derecho a una indemnización. Oficialmente, ellos no me han comunicado nada, es decir que esto ha sido de boquilla... bien pues ahora yo no sé que pasos seguir, si denunciarlos directamente o esperar o qué hacer...si alguien puede ayudarme por favor, se lo agradecería un monton...¿¿qué hago?? Quiero recuperar mi dinero...muchas gracias!!

  • Resolución compraventa por retraso en entrega

    Tengo contrato sobre vivienda en costa con una promotora en la cual se indica de forma indirecta como fecha de entrega el 15 de mayo de 2.007 (literalmente dice el contrato "esta previsto ponerlo a disposicion de los compradores en el plazo de 30 meses a partir de la firma del contrato de obras, suscrito con fecha de 15 de noviembre de 2.004).

    Aunque en ninguna estipulacion se habla de la posibilidad de resolucion del contrato por la parte compradora, sólo lo contempla para la vendedora puediendo esta hacerse con el 20% de lo entregado en concepto de daños y perjuicios o exigir el cumplimiento del contrato; he decidido dado el retraso acumulado resolver unilateralmente el contrato en virtud del art.1124 codigo Civil al no haber cumplido la vendedora el plazo de entrega de la cosa objeto del contrato.

    Mi decision se la he comunicado a la promotora via burofax. El Burofax dice literalmente:

    "Por la presente solicito la resolución del contrato de compraventa.... en virtud del artículo 1124 del Codigo Civil, ya que por parte de la vendedora no se ha cumplido el plazo de entrega de la cosa objeto del contrato, por lo que venimos a exigir la devolución de las cantidades entregadas hasta el momento, aumentada con los intereses legales correspondientes, no entendiéndose con ello la resolución establecida en la estipulacion QUINTA del contrato, ni la renuncia establecida en la estipulacion SEXTA".

    ¿He obrado correctamente? ¿Pueden exigirme ellos ahora el cumplimiento si obtuvieran la cedula de habitabilidad y los boletines de suministros basicos? Entiendo que se ha producido ya un retraso considerable para que no quede duda del incumplimiento de la vendedora en cuanto al plazo, pero les ruego me confirmen mi creencia al respecto. Saludos y muchas gracias. (Adjunto se remite el contrato. )

  • Reserva de vivienda

    Con fecha 4.2.08 entregué a una agencia inmobiliaria 200 euros en concepto de reserva de vivienda y firmamos acuerdo quedando este condicionado a la aceptación por parte de la propiedad. Pasados dos días hábiles le comunique que no podía cumplir con la entrega de aval por 6 meses y que mi empresa que es la que alquila el piso entregaba cheques bancarios por 3 meses. Han quedado pendiente de contestarme pero aun no lo han hecho y mi empresa me ha alquilado ya otro piso. No tengo nada por escrito, tan solo el acuerdo de reserva. He reclamado a la agencia los 200 euros pero me dicen que la agencia no me los van a devolver, ya que la propiedad ha sufrido un perjuicio ya que la vivienda no se ha enseñado a otra persona. Me gustaría saber si la reserva me la tienen que devolver. Gracias.

  • Compra vivienda a familiares

    Hola. He estado leyendo distintos artículos sobre préstamos familiares pero desconozco si mi caso se puede englobar en ese punto. Resulta que tengo intención de comprar una vivienda a mis padres, y la intención es pagar en mensualidades de 1.000€ (de ellos 0% intereses) en tantas mensualidades como valor se le de a la vivienda (desconozco si el valor ha de ser "real", de una tasadora o similar o si por el contrario dicho valor puede negociarse entre ambas partes). ¿Habría algún problema para ello? ¿podría deducir en la declaración los pagos mensuales de este concepto? ¿se podría considerar este caso como un préstamo familiar a interés 0%, aunque en este caso, en vez de prestarse directamente dinero, se me está prestando dinero indirectamente mediante algo del mismo valor? o por el contrario, ¿es aplicable únicamente en caso de préstamo monetario?


Servicio relacionado: Asesoría legal completa para realizar compraventa de vivienda con seguridad
Va a ser la mayor compra de su vida. Más vale prevenir que curar. Por muy poco dinero, evite perder mucho.