Mejoras

  • Notificación de revisión de renta por mejoras

    Mediante este requerimiento el arrendador (casero) repercute en el arrendatario (inquilino) parte del coste de las obras de mejora acometidas en el inmueble arrendado. Útil cuando han transcurrido más de cinco años de vigencia del contrato de alquiler (antes no se puede repercutir), además en el contrato no hay pacto en contrario y se han acometido obras que suponen una modificación de los servicios con los que contaba el inmueble.

  • Notificación al arrendatario de la realización de obras de mejora

    Modelo para notificar al arrendatario (casero) al amparo de los arts.22/30 LAU la realización de obras de mejora que no pueden retrasarse hasta la conclusión del arrendamiento. Útil para el arrendador, para cumplir su obligación de notificar al arrendatario la realización de obras de mejora ineludibles en la vivienda o local, para evitar reclamaciones del arrendatario (inquilino), sobre todo si las obras afectan a la vivienda o impiden el uso de parte de ella. Ha de realizarse con un plazo de antelación de tres meses al inicio de las obras. Es conveniente realizarla por medio de una Comunicación fehaciente. Válido también para contratos posteriores al 6 de junio de 2013.

  • Inclusión de iva en repercusión de obras de mejora

    Mi duda se ciñe a saber si en el caso de que el arrendador sea una empresa la repercusión de la obra de mejora se calcula sobre la factura total con iva o como ese iva se lo deduce no hay que incluirlo, se trata de un arrendamiento sujeto a la ley del 64.