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Estimados Sres, mi consulta es la que sigue. Después de obtener ya la sentencia de divorcio y llevarla al registro de la propiedad para que le adjudicasen a mi cónyuge la vivienda la contestación del reguistro es la siguiente:

"Suspendido el despacho del documento a que se refiere el adjunto asiento con arreglo a los siguientes hechos: HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO.  HECHOS: En la propuesta de convenio regulador aprobada por la Sentencia cuyo testimonio se presenta, se adjudica la finca de esta demarcación como sigue: A Don Miguel Angel ______ "la mitad indivisa de la vivienda", y a Dª. María José ____, "la plena propiedad de la vivienda.". DEFECTOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO: La suma de las participaciones no se corresponde con el 100% del bien. "

Nota de Forovivienda: El Convenio Regulador aprobado judicialmente, aportado por el usuario, dice literalmente en el apartado de adjudicaciones para la  liquidación de la Sociedad de Gananciales, lo siguiente:

 "A Don Miguel Angel___:

1.La mitad indivisa de la vivienda descrita en el apartado 1 del activo, que será compensada en dinero por Dª. María José ____. Valor 69.864 €

.../...

 A Doña María José:

1. La plena propiedad de la vivienda descrita en el apartado 1 del activo. Valor: 110.136 €"

Necesito con urgencia poder resolver esto para recibir la compensacion economica por la vivienda y poder comprar otra. ¿Qué porcedimiento debo seguir?, ¿Cual sería el más rápido y menos costoso?

Muchas gracias de antemano.

El problema surge por una pésima redacción del Convenio Regulador la cual provoca problemas de interpretación de cuál es la verdadera intención de las partes: ¿Adjudicar la totalidad a su mujer? ¿Adjudicar la mitad a cada uno?

Desde un punto de vista absolutamente práctico, lo primero que debería hacer Vd., su mujer o su abogado, es ir a hablar personalmente con el Registrador de la Propiedad para preguntarle, según su criterio, cuál sería el modo de resolver el problema. Decimos esto pues caben diversas soluciones, pero en última instancia han de ser aprobadas por el Registrador, por lo que es mejor consultarle previamente. Son servidores públicos y deben atender a los usuarios como cualquier otro servicio de la administración.

En todo caso, todas las soluciones pasan por aclarar que la intención de las partes al firmar el Convenio Regulador era que la mujer se adjudicara el 100% de la propiedad de la vivienda, a cambio de compensar en metálico al marido.

Sugerimos que ambos cónyuges comparezcan ante notario y que otorguen un ACTA DE MANIFESTACIONES, en la cual expongan con la mayor claridad posible que la intención de AMBOS al firmar el Convenio Regulador aprobado mediante sentencia de fecha xxxxx era que la mujer se adjudicara el 100% de la propiedad de la vivienda, compensando en metálico al marido el exceso de adjudicación; que el marido ya ha recibido la compensación en metálico y que se quiere hacer constar todo ello al efecto de subsanar los defectos señalados por el Registrador en su nota de calificación. A continuación, presentar un recurso contra la calificación del registrador, en el cual hay que alegar:

a) Que la intención de las partes era la que consta en el Acta de Manifestaciones que se acompaña, la cual es evidente.

b)Que de no haber sido evidente, el Convenio no habría sido aprobado judicialmente.

c) Que el art. 1281 párrafo 2º del Código Civil, dice, al tratar de la interpretación de los contratos, que si las palabras parecieren contrarias a la intención evidente de los contratantes, prevalecerá ésta sobre aquéllas.


El responsable de todos los costes que genere la resolución del problema es de quien haya redactado el Convenio Regulador.

Esperamos que le resulte de ayuda. El caso tiene interés en la medida en la que pone de manifiesto la importancia de una buena redacción del Convenio Regulador cuando incluye Liquidación de Sociedad de Gananciales en la que se realizan adjudicaciones de bienes inmuebles.