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Tengo un familiar que está de alquiler en una vivienda hace 25 años. La actual propietaria de dicha vivienda, digo actual porque antes era su madre que ha fallecido y la han heredado sus hijos que desean el piso para venderlo o cualquier otra actuación. La cuestión es que la vivienda se la están reclamando a esta persona para que la deje libre y evidentemente con un plazo de tiempo.¿cuanto tienen que indemnizarle por el tiempo que lleva en ella? gracias

Si se trata de un arrendamiento de Renta Antigua, celebrado bajo la vigencia del Texto Refundido de 1964 y con anterioridad al 9 de mayo de 1985 en ese caso habría que conocer si su familiar fue quien firmó el contrato o si ya ha tenido lugar alguna Subrogación de las legalmente previstas (cónyuge del arrendatario no separado legalmente o de hecho, o en su defecto,  hijos que conviviesen con él durante los dos años anteriores a su fallecimiento). En ambos casos el contrato seguirá vigente hasta el fallecimiento del último subrogado, por lo que no tiene por qué abandonar la vivienda.

Si el contrato es posterior al 9 de mayo de 1985 y  una vez recibida la comunicación de los propietarios informándole que no desean prorrogar el mismo, el contrato terminará cuando cumpla el año en curso, y ello sin derecho a indemnización alguna, salvo que así se haya previsto expresamente en alguna cláusula del contrato.