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En mi contrato de alquiler, firmado y redactado a mano lo único que se acuerda es la renta y su actualización, pero no se establece nada de plazos.  ¿Cómo se cuánto dura?

El art. 9.2 de la Ley de Arrendamientos Urbano establece que se entenderán celebrados por un año los arrendamientos para los que no se haya estipulado plazo de duración o éste sea indeterminado.

Además Vd. tiene derecho a las prórrogas anuales en tanto no alcance el plazo mínimo de duración del contrato de alquiler. Más información en los artículos: