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Quisiera saber en qué casos y cuáles requisitos son necesarios para formular una reclamación de responsabilidad por daños ante la Comunidad de Propietarios.

En general, para que concurra responsabilidad por daños han de darse los siguientes elementos:

  • Un acción u omisión acordada por la Junta de Propietarios y que sea contraria a la Ley o los Estatutos o bien gravemente perjudicial para un vecino que no tenga la obligación jurídica de soportarla.
  • La producción de un daño o perjuicio a un vecino.
  • Relación de causalidad entre la acción u omisión de la Junta de Propietarios y el daño o perjuicio a un vecino.

Sin atenernos a un supuesto concreto, no es posible más que esta respuesta general.